En las mismas circunstancias, los detectives de la Unidad Maoz del Servicio Penitenciario de Israel (en adelante: "los detectives") que lo observaron, se acercaron a él y le pidieron que les acompañara al lugar de arresto domiciliario para registrar un informe de infracción.
El acusado y los detectives regresaron al lugar de inspección y, tras indicar que se presentaría una denuncia contra él, el acusado arrojó un teléfono móvil, una máquina de espresso, vasos y una mesa en la esquina al lugar de la inspección, y también amenazó con un expediente financiero; los principales detectives dijeron: "Te voy a mostrar esto, esto es lo que me estás causando, y la consolidación de las reclamaciones del perro que estoy matando hoy."
Por lo tanto, una orden salarial bajo la autoridad del Registrador fue acusada de tres delitos por violar una disposición legal – según el artículo 287(a) de la Ley Penal 5737-1977 (en adelante: "la Ley Penal"), así como por el delito de amenazas – según el artículo 192 de la Ley Penal.
Caso penal 12457-07-24 (en adelante: el "Archivo Adjunto")
De acuerdo con la parte general de las demandas de arbitraje de acusación enmendada, entre el acusado y S.A., un guardia de prisión del servicio IPS, conoce el centro de detenciónhasta el final del proceso desde la infancia. En el momento pertinente para todas las reclamaciones de arbitraje de acusación enmendada, Paz Niwald (en adelante: el "Demandante") era el propietario de un vehículo Hyundai Tucson (en adelante: el "Vehículo"), que vivía en la ciudad de Nes Ziona (en adelante: el "Lugar").
Cargo nº 1
De acuerdo con los hechos de las reclamaciones de arbitraje de acusación enmendadas, alrededor del 26 de junio de 2024 a las 21:36, la demandante aparcó la consolidación de reclamaciones del vehículo en el aparcamiento cercano a su casa (en adelante: "el aparcamiento") y la dejó cerrada y cerrada con llave. Más tarde, alrededor de las 22:00, otra persona (en adelante: "el otro") cuya identidad no es conocida por el acusador llegó al aparcamiento, se acercó al coche y irrumpió en él de una manera que la acusadora no sabía. El otro entonces se subió al coche, lo condujo de una manera desconocida para la denunciante y entró en un conflicto laboral con el vehículo desde el aparcamiento mientras forzaba la barrera de aparcamiento con el vehículo, consolidando las reclamaciones desde la barrera de aparcamiento.