Casos legales

Caso civil (Tel Aviv) 20471-09-23 Yossi Langotsky contra Yaakov Bardugo - parte 38

September 15, 2026
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La primera prueba examina el contenido de las publicaciones y, en particular, si hay una similitud entre ellas.  Según esta prueba, cuando el contenido de las publicaciones es similar, pero no idéntico, se examinará la adición a la nueva publicación en lugar de la anterior.  Si se determina que la adición en la nueva publicación es significativa, una que agrava el daño a la parte perjudicada, la tendencia será ver la nueva publicación como una publicación separada.  Por otro lado, si resulta que la nueva publicación no aporta nada material a lo que se indicó en la publicación anterior, la tendencia será ver la primera publicación, y la que la sigue, como una sola publicación.

La segunda prueba examina el tiempo transcurrido de publicación en publicación.  Cuanto más tiempo ha pasado, entre una publicación y la siguiente, la tendencia será ver cada una de estas publicaciones como una publicación separada y viceversa.

La tercera prueba examina la identidad de los destinatarios, en relación con cada una de las publicaciones.  Como parte de esta prueba, se examinará la "etapa" en la que se hicieron las publicaciones.  Cuando se trata de redes sociales, por ejemplo, es necesario examinar en qué página o foro se publicó cada una de las publicaciones y quiénes fueron las partes a las que estuvieron expuestas.  En la medida en que sea posible probar la existencia de variación entre las identidades de los destinatarios, de publicación en publicación, la tendencia será ver cada una de las publicaciones como una publicación separada y viceversa.

(Párrafos 80-82 del fallo del juez Sohlberg; véase también Shenhar.  pp.  789-792).

Un examen del caso ante nosotros de acuerdo con las pruebas auxiliares mencionadas lleva a la conclusión de que las dos declaraciones deben considerarse como una sola publicación.  En nuestro caso, las dos declaraciones formaban parte del mismo monólogo que el demandado pronunció al inicio del programa "Sheva" que se transmitió el 7 de febrero de 2023.  No hay duda de que las declaraciones se hicieron de manera consecutiva y en el mismo periodo de aproximadamente 3 minutos, sin ningún cambio en la plataforma ni en los destinatarios.  Otras Solicitudes Municipales (Distritos de Nazaret) 7341-04-23 Ron Aharon Kobi v.  Haim Haliva (2 de noviembre de 2023) El tribunal escuchó 26 declaraciones que se publicaron en la página de Facebook del apelante, durante varios meses.  El tribunal dictaminó que todas las publicaciones se publicaron de la misma manera, en la misma plataforma y en la misma "plataforma", y por lo tanto se asume que los destinatarios de todas las publicaciones son los mismos (párrafo 27).

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