Las solicitudes de patente iban acompañadas de un documento titulado "Declaración sobre la Inventoría" y su propósito, como se indicó al principio, era ayudar a aclarar la situación respecto a la invención, y explicar que fue inventada por una máquina de IA llamada DABUS (DABUS o la máquina) y que debía denominarse "inventor".
Copiado de Nevo11. Se enviaron notificaciones al apelante antes de la denegación de las solicitudes en las que se indicaba que según Derecho de patentes No tiene derecho a presentar una solicitud de patente porque no es el propietario de la invención, no es el inventor y no ha recibido la propiedad de ninguna de las formas establecidas en la ley.
- Se presentó una respuesta por escrito y posteriormente se celebró una reunión con el abogado de patentes que presentó las solicitudes en Israel en nombre del apelante. A petición del apelante y en su nombre, participaron otras partes, incluidos abogados extranjeros de patentes y su abogado. En nombre de la Oficina de Patentes, a la reunión asistieron: el Comisionado de Examinadores, dos examinadores senior y el examinador que firmó los avisos antes de la negativa.
- Posteriormente, al apelante se le envió una notificación de denegación según Reglamento 45 a los Reglamentos de Patentes (Procedimientos de la Autoridad, Procedimientos, Documentos y Tasas), 5728-1968 (M/5; La carta de rechazo).
- El examinador estuvo de acuerdo en que uno de los Derecho de patentes Se trata del fomento de la innovación y del descubrimiento de invenciones al público, y del hecho de que el legislador aparentemente previó el caso en la agenda, y es importante interpretarlo según el propósito de la ley. Sin embargo, se determinó que no se debe "concentrarse únicamente en el propósito de la ley y sacar conclusiones de ella sin situarse en las estanterías del lenguaje de la ley" (sección 4.9). En este contexto, la carta fue examinada para examinar cuestiones que, según el método del examinador, surgen para su discusión.
El examinador opinó que, a la luz de la definición del diccionario de la palabra "inventor", es posible obtener una interpretación, aunque amplíe, de que esta palabra también puede referirse a una máquina. El examinador señaló que no identifica una posible contradicción entre esta interpretación y los fines de la Ley de Patentes, y por lo tanto la máquina puede ser reconocida como inventora (sección 6.5 de la carta de rechazo). El examinador también habría aceptado el argumento de que el apelante, como propietario de la máquina, tiene derecho a inventarla en virtud de la ley (el examinador se refirió en este asunto a una opinión en derecho judío), condición para ser "propietario de la invención". Sin embargo, es razonable suponer que existe una condición acumulativa adicional según la cual el propietario de una invención "proviene del poder" del inventor. El examinador determinó que, dado que la máquina no tiene personalidad jurídica, no tiene derechos, no tiene obligaciones, no es apta para realizar acciones legales ni tiene poder para cambiar una situación jurídica, el propietario de una invención no puede "venir por virtud de ella". La conclusión a la que llega el examinador es que el propietario de la máquina no puede considerarse inventor en el sentido de la Ley de Patentes ni como una persona con derecho a solicitar una patente.
- El apelante solicitó ser escuchado ante el Registrador de Patentes. Se celebraron dos audiencias ante el Registrador (previa a la audiencia y audiencia). Entre medias, el apelante presentó los argumentos principales y un apéndice.
El 15 de marzo de 2023, se dictó la decisión del Registrador de rechazar la objeción y ordenar la denegación de las solicitudes de registro (decisión o decisión del Registrador).