Casos legales

Caso penal (Be’er Sheva) 6901-04-23 Estado de Israel contra Shuruk Tzaluk - parte 18

January 6, 2026
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La jurisprudencia también sostuvo que, en caso de violación de la integridad de los exámenes, se debe dar el peso adecuado a las consideraciones de disuasión pública.

Véase al respecto Apelación Penal (Distrito de Nazareth) 57521-05-15 Bana contra el Estado de Israel, 6 de octubre de 2016:

"En derecho, el tribunal de primera instancia dictaminó que, con sus acciones, el apelante y el otro acusado violaron el principio de integridad del examen, y que el tribunal debe transmitir un mensaje claro y claro al público en general y al público estudiantil en particular, de que este método no merece la pena."

Infracciones fiscales y blanqueo de capitales:

  1. En numerosas sentencias, el Tribunal Supremo ha abordado la gravedad de los delitos fiscales y de blanqueo de capitales y la necesidad de aumentar la pena para poder gestionarlos.

Véanse las palabras del Tribunal Supremo en Criminal Appeal 3725/19 Estado de Israel contra Muhammad Zidan et al .  (27 de enero de 2020):

"El blanqueo de capitales es un fenómeno grave 'con un enorme potencial destructivo, especialmente económico y social', y 'es lo que permite a los delincuentes cometer e incluso ampliar la gama de delitos en los que participan.'"

y la Autoridad de Apelación Penal 7135/10 Yigal Chen contra el Estado de Israel (3 de noviembre de 2010):

"En vista del grave daño que la morosidad fiscal causa a la economía, a la economía, a una variedad de aspectos sociales relacionados con la carga de pagar impuestos, e incluso debido a la gran dificultad para exponerla, debe tomarse una mano dura en el tratamiento de estos delitos y se debe dar un peso especial al aspecto disuasorio de los infractores, dentro del marco de las consideraciones punitivas...  En delitos de este tipo, se debe dar un peso excesivo a las consideraciones de disuasión por encima de las consideraciones personales del acusado

:

...  Hay quienes se sienten tentados a ver delitos fiscales en los que el ladrón individual no está delante de sus ojos, y él es todo el público, el llamado "sin rostro" - con una mirada indulgente.  No, y no.  Al contrario, este tribunal, desde tiempos inmemoriales, los consideró duramente y decidió 'como una política deseable, no permitir que se cumpliera una condena de prisión con servicios comunitarios en lo que respecta a delitos fiscales'...  De hecho, muchos infractores fiscales son personas que parecerán fundamentalmente normativas, que no meten la mano en el bolsillo de otros, pero que no rehúyen en alcanzar el bolsillo público.  Hay un precio por esto en el castigo."

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