Casos legales

Caso civil (Tel Aviv) 43510-07-22 Guy Binder vs. Daniel Shmuel Elmaliah - parte 6

March 10, 2025
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Alternativamente, se argumentó que la carga de demostrar que el foro israelí no es el foro adecuado recae en los demandados y que no cumplieron con esta carga, y en general, los demandados no establecieron ningún foro alternativo más adecuado para aclarar las disputas.

En cuanto a la afirmación de los demandados de que no es posible llevar a cabo un procedimiento en un tribunal israelí contra empresas extranjeras sujetas a las leyes de su país, se argumentó que se trata de una afirmación infundada que no merece respuesta alguna.

A la luz de todo lo anterior, se argumentó que la solicitud debía ser rechazada.

  1. En respuesta a la respuesta , los demandados reiteran que la demanda presentada y sus hechos no tienen ninguna relación con Israel, salvo el hecho de que ciudadanos israelíes están implicados, y que el demandado 1 - a pesar de ser ciudadano israelí - no tiene ninguna conexión con Israel relevante para la demanda, y que ni siquiera reside en Israel.

En cuanto a la reclamación de que han pasado dos años desde la presentación de la demanda, los demandados argumentan que esta reclamación ignora el hecho de que la reclamación en su forma actual es diferente de la demanda presentada hace unos dos años, que principalmente intentaba establecer una relación entre empleados y empleadores entre los demandantes y los demandados.  Se argumentó que, desde que se presentó la demanda, los demandantes habían cambiado completamente la base legal de su reclamación y las causas de acción en la enmendada declaración de demanda, y como resultado, se presentó una enmienda de la defensa.  Se argumentó que, en estas circunstancias, el prejuicio que tuvo lugar el 8 de enero de 2025 es el primer prejuicio significativo tras la presentación de la demanda enmendada, y que esta es la etapa adecuada para examinar los argumentos preliminares en profundidad, por lo que no hay retraso aquí.

Además, se argumentó que, según la jurisprudencia, una reclamación por falta de jurisdicción sustantiva (incluida la jurisdicción internacional) se considera una reclamación que puede plantearse en cualquier etapa del proceso, ya que llega a la raíz de la jurisdicción del tribunal.  En este sentido, los demandados admiten que en los últimos años se ha desarrollado un enfoque más restrictivo, por el cual el tribunal no puede recurrir a la reclamación de falta de jurisdicción sustantiva que se plantea tardíamente.  Sin embargo, se argumentó que este enfoque, basado en los principios de buena fe procesal y prevención del abuso de procedimientos legales, se adoptó principalmente cuando la reclamación se planteó tras un largo periodo de tramitación del caso, y que presentar el argumento tardío supondría un desperdicio de recursos judiciales.  Según ellos, en nuestro caso, ocurre lo contrario : la presentación de la solicitud en esta fase cumple las condiciones de buena fe procesal (y en general), ya que solo ahora, al final del proceso de divulgación de documentos, está claro que los demandantes no tienen un solo documento en el que se haya creado una conexión entre los demandados y/o el evento y/o los compromisos supuestamente dados al Estado de Israel, y el caso aún está en sus inicios, aún no se han presentado declaraciones juradas y no se han escuchado pruebas en el expediente.  También se argumentó que la falta de autoridad sustantiva no se cura debido al paso del tiempo.  Por tanto, es apropiado abordarlo por sus méritos y no bloquear su discusión por motivos procesales.

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