Casos legales

Caso de Delitos Graves (Centro) 932-01-16 Estado de Israel contra Anónimo - parte 103

February 11, 2019
Impresión

 " ...  La enmienda propuesta permitirá al tribunal obtener una impresión de la forma más cercana posible —a una impresión indirecta— de la forma y las circunstancias de la confesión del acusado, y así permitirá tanto una mejor protección de los derechos del acusado como una mayor eficiencia en el examen de las pruebas presentadas ante los tribunales, lo que supondrá una mejora en la capacidad del tribunal para llegar a la verdad, e incluso un ahorro de tiempo y recursos...  ¿Cómo se dijeron esas palabras y cómo era el sospechoso cuando confesó?  El tribunal también podrá juzgar si el acusado fue "guiado" por las preguntas de los interrogadores para responder a lo que respondió o si solo le hicieron preguntas de aclaración, y también será posible hacerse una idea de la situación del acusado y la forma en que habla respecto a su claridad mental y comprensión de las preguntas de sus interrogadores. 

 ...  La enmienda propuesta constituye una mejora en la protección de los derechos del acusado, y previene o reduce la posibilidad de errores, malentendidos o fallos deliberados, mejorando así la capacidad del tribunal para llegar a la verdad sobre una cuestión tan central en el derecho penal.

 Se propone grabar en vídeo las confesiones de los acusados en delitos castigados con diez años de prisión o más, debido a la importancia, importancia y severidad de la sentencia, lo que acompaña a la cuestión de la admisibilidad de las confesiones en estos juicios.

 ...  En Israel, el problema es especialmente agudo, debido a la halajá según la cual se puede obtener una confesión sin ayuda independiente, y que el "algo" necesario para respaldarla puede ser un asunto que está completamente dentro del conocimiento de los investigadores.".

En el marco de la apelación penal 323/84 Shriki contra el Estado de Israel, IsrSC 39 (3) 505, 517 (1985), se dictaminó:

 "La grabación no solo preserva con precisión el aspecto verbal de la enunciación, sino también los signos que lo acompañan (el tono de la afirmación, la vacilación, la ira, etc.) así como las palabras del interlocutor del enuntiante, y de esta manera "habla por sí misma."  De este modo, el tribunal dispone de herramientas adicionales para evaluar detenidamente la credibilidad del testigo, el significado correcto de sus palabras y su veracidad."

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