Casos legales

Apelación Civil. (Tel Aviv) 67212-03-18 Israel Credit Cards Ltd. v. Petah Tikva Administración del Impuesto sobre el Valor Añadido

August 24, 2025
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  Tribunal de Distrito de Tel Aviv-Jaffa  
    06 agosto 2025  
  Apelación Civil 67212-03-18 Israel Credit Cards Ltd.  et al.  v.  Petah Tikva VAT et al.

 

 
 Ante el Honorable Juez H.  Kirsch

                                                                               

 Los apelantes 1.  Tarjetas de crédito a Israel Ltd.

2.  Isracard Ltd.

3.  Max It Finance Ltd.

4.  Expreso Premium Ltd.

Por los abogados Ofer Elbaum y Moti Ayalon

 

 

contra

 

Encuestados 1.  Gerente de Impuestos al Valor Agregado Petah Tikva

2.  Gerente de Impuestos al Valor Agregado, Gush Dan

3.  Gerente de Impuestos al Valor Agregado, Tel Aviv Central

Por Adv.  Noga Dagan y Nir Willner

De la Oficina del Fiscal de Distrito de Tel Aviv (Civil)

 

 

 

Veredicto

 

[Versión que se permite publicar en público]

  1. Introducción
  2. Los cuatro apelantes son compañías de tarjetas de crédito (que en aras de la abreviación, en lo sucesivo se denominarán "Cal", "Isracard", "Max" y "Premium"). Los recursos se refieren a la percepción del impuesto sobre el valor añadido (impuesto sobre las transacciones) a los recurrentes durante varios períodos comprendidos entre 2012 y 2016 (en lo sucesivo, "período controvertido").[1] Las liquidaciones del impuesto sobre las transacciones fueron emitidas a los apelantes por los gerentes de IVA en las oficinas de Petah Tikva, Gush Dan y Tel Aviv Center, que en aras de la brevedad se denominarán en lo sucesivo "el gerente" o "el demandado".  Las evaluaciones se relacionan con las tarifas cobradas por los apelantes como emisores de tarjetas de crédito, en relación con (únicamente) transacciones internacionales.  El problema común de los casos consolidados es la responsabilidad por el impuesto al valor agregado con respecto a las tarifas cuando el titular de la tarjeta de crédito (consumidor) es residente israelí y compra bienes o servicios de una empresa ubicada en el extranjero utilizando la tarjeta.[2] La discusión no se relaciona con las tarifas cobradas en relación con la actividad nacional de las compañías de tarjetas de crédito.

Las tarifas que son el foco de la discusión , como se describe en detalle a continuación , son la "Tarifa cruzada" (o como se le conoce de otra manera, la "Tarifa del emisor") y la "Tarifa de cambio de divisas" (colectivamente, las "Tarifas en discusión"). 

  1. Debido al gran alcance financiero de las tasas en cuestión recaudadas por los recurrentes cada año, el alcance del impuesto controvertido en el caso también es amplio: en conjunto, se cobró a las recurrentes un impuesto sobre las transacciones por un importe aproximado de 132 millones de ILS debido a la comisión por intereses cruzados y al impuesto sobre las transacciones por un importe aproximado de 121 millones de ILS debido a la comisión de cambio de divisas, todo ello en términos de principal (antes de las diferencias de vinculación e intereses).

Se abandona el litigio sobre el derecho de las recurrentes a estar sujetas al IVA a un tipo cero por las tasas en cuestión.  El argumento para la aplicación del impuesto de tasa cero se basa principalmente en las disposiciones de la sección 30 (a) (5) y la sección 30 (a) (7) de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, 5736-1975 (la "Ley"), pero también en las disposiciones de la sección 30 (a) (2) de la Ley.  De acuerdo con la posición del gerente, todos los montos de las comisiones están sujetos a impuestos a la tasa completa.[3]

  1. Fondo
  2. Como es bien sabido, el sistema de tarjetas de crédito, que se volvió más sofisticado en todo el mundo en las décadas de 1960 y 1970, permite transacciones entre consumidores y empresas sin el uso de efectivo o cheques, incluso cuando no hay conocimiento previo entre las partes. Gracias al uso de la tarjeta, el comprador puede tomar los bienes o consumir el servicio antes de que el vendedor o proveedor de servicios reciba la contraprestación.
  3. Como regla general, un sistema de tarjetas de crédito involucra a cinco partes o "actores":
  • Tarjetahabiente: Un consumidor que está interesado en comprar un producto o servicio sin uso

 Efectivo;

  • Emisor de la tarjeta: Una corporación que acepta emitir una tarjeta al consumidor e incluso dársela.

Crédito;

  • Negocio:           un comerciante que desea vender bienes o servicios a un consumidor;
  • El adquirente: Una corporación que se comunica con la empresa, le permite recibir tarjetas

Crédito y dispuesto a transferirle pagos por transacciones realizadas

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