Casos legales

Caso civil (Tel Aviv) 83136-07-25 Gefen Technologies E.A. Ltd. contra Poly-Bit Insurance Agency (2011) Ltd. - parte 6

November 30, 2025
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La norma es que, incluso dado un resultado en el que el contrato fue cancelado legalmente, la cláusula de arbitraje sigue vigente.

"En varias ocasiones surge la cuestión de la validez de una cláusula de arbitraje que aparece en un acuerdo general que ha expirado.  La expiración del Acuerdo General puede producirse en diversas circunstancias.  Así, por ejemplo, el acuerdo general puede expirar en circunstancias en las que se incumplió y canceló el acuerdo.  En tal caso, la cláusula de arbitraje no expirará, ya que se puede asumir que la cláusula de arbitraje está destinada precisamente a tal caso, en el que el litigio se refiere a un incumplimiento de contrato" (LCA 4986/08 TYCO BUILDING SERVICES V.  ALBEX VIDEO LTD., PÁRRAFO 32 DE LA SENTENCIA DEL JUEZ DANZIGER, 12 DE ABRIL DE 2010).

Y:

"Existen cláusulas en el contrato que pretenden cumplir con el propósito del mismo, como el pago de la contraprestación o la fecha de entrega de la venta, y hay cláusulas en el contrato que pretenden regular la relación jurídica entre las partes en caso de que el contrato sea rescindido, como una cláusula de compensación acordada o una cláusula de arbitraje.  Estas cláusulas contractuales continúan aplicándose, por su propia naturaleza, incluso después de la cancelación del contrato y sin importar la cuestión de la validez del mismo" (ibid., la sentencia del presidente Amit).

  1. Los demandados incluso afirman que el litigio debería celebrarse específicamente en los tribunales porque alegan fraude, y que son fraudulentos al proporcionar una contraprestación contractual en forma de "Acciones del solicitante cuyo valor cayó a cero poco tiempo después de ser retiradas de la cotización en el TASE, son un fraude contra los inversores de la empresa matriz que incluyó la presentación de "Una tapadera de innovación tecnológica que no lo era en absoluto".

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Controlar la cúpula "...  El principio es que, por regla general, el consentimiento de las partes debe ser validado y el acuerdo de arbitraje debe ser respetado.  De acuerdo con este principio, se requieren consideraciones importantes para justificar el rechazo de una solicitud de nombramiento de árbitro cuando exista un acuerdo de arbitraje explícito entre las partes" (LCA 2561/15 Brown contra Gonshiorovsky, párr.  9, 26 de octubre de 2015).

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