Cabe señalar que la acusadora dedicó una parte significativa de sus resúmenes a negar la acusación de legítima defensa, que el acusado mencionó en sus interrogatorios policiales. Sin embargo, al completar sus resúmenes orales, el abogado del demandado aclaró que el acusado no considera en absoluto la alegación de legítima defensa como parte de su defensa. Por tanto, no estamos obligados a decidir sobre este asunto.
- En mi opinión, un examen del ataúd probatorio tal y como se presenta muestra que se ha establecido un tejido probatorio para probar las pruebas atribuidas al acusado y se basa en varios pilares probatorios diferentes y diagnósticos que son consistentes entre sí y se refuerzan mutuamente y que son capaces de demostrar con el estándar de prueba requerido en los casos penales que el acusado cometió los actos que se le imputan, así como el delito de asesinato que se deriva de ellos. Al mismo tiempo, y en el examen de este último, en mi opinión, el acusado debe ser condenado por el delito básico de asesinato que se le atribuye, pero en cuanto al elemento mental, estoy convencido de que el delito fue cometido con indiferencia y no intencionadamente, como se atribuye en la acusación, y todo ello por las razones y motivos que se detallarán en detalle más adelante. En el mosaico probatorio general que se ha establecido, es necesario probar los actos atribuidos al acusado en el contexto del delito de asesinato en la acusación, mientras se formula un elemento mental de indiferencia, bajo el elemento de la intención.
- Quiero empezar con esto último y señalar que me impresionó la fiabilidad de los testimonios de los testigos de la acusación que se escucharon ante nosotros y que nos impresionaron directamente. Tenía la impresión de que los testigos presenciales, ninguno de los cuales tenía conocimiento previo o conflicto con el acusado, declararon que percibieron con sus sentidos y describieron los hechos tal como fueron y como realmente ocurrieron. También me impresionaron los testimonios de la policía y de los profesionales que nos presentaron, y me impresionó que hicieran su trabajo con fidelidad y profesionalidad.
Por otro lado, encontré la versión del acusado poco fiable e incoherente, y como tal que fue sufriendo cambios y ajustes a medida que avanzaba la investigación policial en su caso, para adaptarla a los hallazgos de la investigación. Además, la versión del acusado es incompatible con la lógica y el sentido común, y surge la impresión de que se pretendía evadir la responsabilidad por la muerte del fallecido.
- A continuación, nos relacionaremos con las distintas partes del incidente que son objeto de la acusación en el contexto del delito de asesinato atribuido al acusado, examinando las acciones del acusado, por un lado, y del fallecido, por otro, en cada una de las partes del incidente. Un examen de estos nos permitirá llegar a una conclusión tanto sobre el elemento mental del fallecido durante el incidente como sobre el grado de su control sobre la intención de sus acciones, es decir, el tiroteo que provocó la muerte del fallecido.
La parte preliminar del evento
- Según lo que se atribuye al acusado en la acusación, en el momento del incidente estaba bajo la influencia del alcohol y de una droga tipo cannabis. Como alega la acusación, antes del día del incidente, el acusado consumió una droga peligrosa de tipo cannabis; en el momento del incidente estaba bajo los efectos de la droga, y una muestra de sangre reveló productos metabólicos del principio activo del cannabis. También se afirmó que en las horas de la tarde del día del incidente, el acusado estaba en casa y bebió varias latas de cerveza. Alrededor de las 17:00, el acusado salió de su casa, conduciendo el coche Mitsubishi de su madre, y condujo hasta Migdal HaEmek para encontrarse con su novia. Esto a pesar de que en ese momento estaba inhabilitado para conducir y de que estaba bajo los efectos del alcohol y las drogas que consumía. Cuando el acusado llegó a Migdal HaEmek, su novia le informó que no estaba interesada en verle, por lo que el acusado dio la vuelta y comenzó a conducir de regreso hacia Gan Ner. De camino de regreso, el acusado se detuvo en una gasolinera, compró varias latas de cerveza y bebió una de ellas.
Hasta ahora, los hechos alegados en la acusación se refieren a la etapa previa al incidente. Según el acusador, el estado físico y mental del acusado, cuando estaba bajo la influencia de drogas y alcohol, y cuando se frustró por el rechazo que sufrió por parte de su novia, afectaron su comportamiento en el incidente. El acusador intentó conocer de estos datos el estado mental del acusado en el momento del incidente, incluyendo la conclusión de que el incidente comenzó con el descontento del acusado con la forma en que el fallecido conducía en la carretera, teniendo en cuenta que estaba bajo la influencia de drogas y alcohol, así como su insatisfacción por el hecho de haber llegado a Migdal HaEmek en vano, y abordaremos esto a continuación.
- Como se ha indicado, el acusado no negó que condujera bajo los efectos de drogas y alcohol. No obstante, y dada la importancia del asunto, nos referiremos a las pruebas que se nos presentaron en este contexto y a las conclusiones que, en mi opinión, deben determinarse sobre la base de ellas.
- En cuanto a la conducción bajo los efectos del alcohol del acusado, se presentó un informe sobre una prueba de embriaguez utilizando un dispositivo para búho (P/14). La prueba del alcoholímetro fue realizada por el sargento Jimmy Sarhan, quien testificó sobre las circunstancias de la prueba y confirmó que el dispositivo búho estaba calibrado según lo requerido y que se había realizado, según indican las referencias adjuntas a P/14. Los resultados de la prueba indican que la muestra del aire exhalado proporcionada por el demandado encontró una concentración de alcohol de 474 microgramos por litro de aire exhalado, que es una concentración que supera el umbral establecido en elNormativa de tráfico. En otras palabras, la muestra de aliento proporcionada por el demandado encontró una concentración de alcohol casi el doble de la permitida por la normativa (240 mcg). Cabe señalar que la prueba de alcoholímetro se realizó a las 21:08, es decir, unas tres horas después del incidente, por lo que es posible que la concentración de alcohol en el acusado en el momento del incidente fuera aún mayor. No hay disputa de que esto indica el grado de intoxicación del acusado en el momento del incidente, lo que afecta a la conducta y funcionamiento del acusado.
- El propio acusado confirmó que bebió cerveza tanto de camino a Migdal HaEmek como durante el viaje de regreso a casa, en una cantidad acumulada significativa. Cabe señalar que el acusado cambió su versión respecto a la cantidad exacta de alcohol que bebió, de una manera que da la impresión de que intentaba minimizarla. Así, en su primer interrogatorio con la policía el 6 de mayo de 2023 (P/2), el acusado declaró que bebió aproximadamente un litro de cerveza al mediodía (P/2B, p. 6, s. 30 y siguientes). Más adelante, en el mismo interrogatorio, el acusado minimizó el asunto afirmando que: "Borracho, dos cervezas es eso... No está borracho" (P/2B, p. 14, párr. 32). Cuando el demandado se enfrentó a la afirmación de que la concentración de alcohol encontrada en su posesión era incompatible con beber dos cervezas, o incluso con beber un litro de cerveza, admitió que había bebido un litro y medio (P/2B, p. 15, s. 13).
En su segundo interrogatorio, el 16 de mayo de 2023 (P/6), el acusado ya había declarado que había estado bebiendo en casa al mediodía "Tres o cuatro pequeñas botellas de Heineken de un tercio... incluso... Más incluso de cuatro... Cinco botellas iguales... Algo así como cuatro o seis. Digamos cinco botellas." (P/6B, pp. 8-9). También afirmó que, de camino a casa desde Migdal HaEmek, paró en una gasolinera, compró tres latas más de cerveza y bebió una de camino (P/6B, pp. 14-15). Es decir, una cantidad acumulada de unos 2 litros de cerveza.