La petición que tenemos ante nosotros va dirigida contra estas cláusulas del procedimiento.
La Petición y el Desarrollo de su Audiencia
- La petición sostiene que se deroguen los artículos 4a(5) y 5c del procedimiento, así como los artículos 5a(3) y 5b del procedimiento, en vista de la incompatibilidad entre ellos y la sentencia en el asunto Tabqa.
Tras celebrar una audiencia sobre la petición, en nuestra decisión del 2 de mayo de 2024, se concedió una orden nisi, que es la siguiente (en adelante: El orden nisi):
"Se emite una orden nisi que instruye a los demandados a dar una razón por la que el procedimiento de 'presentar una tarjeta de identidad y la obligación de identificarse ante un agente de policía' no debe modificarse de la siguiente manera:
- R. Se derogará la sección 4A(5) del Procedimiento.
- B. La sección 5a(3) del procedimiento será modificada para establecer que 'un agente de policía no podrá detener a una persona por más de un periodo razonable de tiempo necesario para cumplir con el requisito de identificación'.
III. La sección 5B del procedimiento será derogada o modificada de tal manera que quede claro que la verificación de los detalles tiene como objetivo verificar la corrección del certificado y lo que en él se indica.
- IV. La sección 5C del procedimiento será cancelada."
- Además de la orden sobre los términos de acceso, el demandado presentó una declaración jurada de réplica, en la que detallaba los cambios que pretendía hacer en las disposiciones procesales pertinentes:
(-) En relación con la sección 4a(5) del procedimiento, que establece, como se ha dicho, una razón para la existencia de la cual un agente de policía puede exigir que una persona identifique, se señaló que la sección estará redactada de la siguiente manera:
El lugar, el momento y las circunstancias generan preocupaciones de que se haya cometido o esté a punto de cometer un delito, y existen circunstancias que indican la posible implicación de una persona en el incidente, como sospechoso o como testigo, siempre que, para aclarar el asunto, sea necesario verificar la existencia misma de una tarjeta de identidad o de un elemento de los datos que aparece en la tarjeta de identidad.