Casos legales

Petición de apelación/Reclamación administrativa 23432-11-24 Metro Motor Marketing (1981) Ltd. contra la División de Servicios de Vehículos y Mantenimiento del Ministerio de Transporte y Seguridad Vial - parte 4

March 12, 2026
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(2) ha dejado de ejercer la ocupación del sujeto de la licencia;

(3) no cumple las condiciones para obtener la licencia, ni total ni parcialmente;

(4) ha violado una condición material de la licencia;

(5) ha violado un deber o prohibición impuesto a él como titular de licencia bajo esta Ley;

(6) Se ha emitido una orden de liquidación, una orden temporal de liquidación, una orden de administración judicial, una orden de administración judicial o una orden de suspensión de procedimientos en su contra bajo cualquier ley;

(7) Ha sido condenado por un delito penal o disciplinario, lo que, debido a su naturaleza, gravedad o circunstancias, le hace no apto para prestar servicios de vehículos o una profesión en la industria automovilística para la que se le concedió la licencia, o ha sido acusado de tal delito y aún no se ha emitido un fallo definitivo en su caso;

(8) (a) El Comisionado de Competencia determinó que es parte de un acuerdo restrictivo o que es titular de un monopolio que ha abusado de su posición en el mercado según [...] la Ley de Competencia Económica, 5748-1988, o la imposición de una sanción financiera sobre ella [...];

(b) [...];

(9) En cuanto a la gestión profesional de un taller y corretaje en importaciones personales –

(a) No cumplió con las instrucciones del Director sobre la formación profesional bajo la sección 14;

(b) Existen circunstancias listadas en la lista en la sección 13(b)(1) que indican una preocupación por un conflicto de intereses;

(c) Violó las normas de ética profesional establecidas en la sección 13(b)(2).

  1. Estas son, por tanto, las principales disposiciones relevantes para nuestra discusión. Con sus puntos principales, pasaremos a la descripción del caso en cuestión.

Antecedentes de la Apelación

  1. El apelante es una empresa privada que lleva más de cuarenta años dedicándose a la importación y comercialización de vehículos. Durante 2022, se dirigió al Director para solicitar la prorrogación de licencias de importación directa concedidas en virtud de la Ley de Licencias, en relación con diversos vehículos: scooters fabricados por Sanyang (en adelante: Sunyang); scooters y motocicletas fabricados por Yamaha (en adelante: Yamaha); y motocicletas, tractores de carga y vehículos todoterreno fabricados  por Kawasaki (en adelante: Kawasaki).
  2. Antes de tomar una decisión sobre las solicitudes, y teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley de Licencias y la Ley de Concentración, el Director contactó con la Autoridad de Competencia (en adelante: la Autoridad) para mantener una consulta con el Director General. En la opinión de la Autoridad del 1 de septiembre de 2022 respecto a la solicitud de renovación de una licencia para la importación de productos Sun Yang, se indicó que la cuota de mercado del apelante en el ámbito de la importación de scooters de gasolina de todos los productos en los años 2020-2022 es de media del 58%, y que existen barreras significativas para la entrada y expansión en este mercado.  Por lo tanto, se determinó que:

"[La tenencia por parte del apelante] de dos licencias para la importación de scooters de gasolina plantea una preocupación horizontal sobre ejercer un poder de mercado unilateral sobre sus clientes de diversas maneras, como aumentar el precio de los scooters, reducir la variedad de modelos importados a Israel y perjudicar la calidad del servicio prestado a los clientes de la empresa.  Debido a que [el apelante] posee tanto Sun Yang como Yamaha, se impide la competencia efectiva entre ambas marcas en Israel [...].  La investigación de la Autoridad reveló que existe una superposición entre los precios de los scooters [...].  En cualquier caso, los scooters Yamaha y Sun Yang son intercambiables, aunque no sean los sustitutos más cercanos entre sí."

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