En este contexto, cabe señalar que incluso si dejas de ejercer como gestor del grupo, dejando el grupo intacto, tu responsabilidad sobre las publicaciones dentro del grupo seguirá existiendo, ya que ya has causado el daño y un intento de 'escapar' sin repararlo, tanto en relación con el pasado como con el futuro, no te ayudará.
44.2. Para enviar al Seminario del Kibutz, y a todos los participantes del taller en el que hicieron declaraciones infundadas, un aviso escrito, en una forma que se coordinará previamente con el kibutz y será aceptable para él, en el que anunciará que ha dicho cosas que no existieron ni fueron creadas.
44.3. Publicar un aviso de disculpa al kibutz, con una redacción que se coordine previamente con el kibutz y sea aceptable para él, y en un lugar y de manera aceptables para el kibutz.
44.4. Dejad de entrar sin permiso, dejad de crear molestias, dejad de bloquear la puerta del kibutz y cesad la variedad de provocaciones que cometéis en la puerta y en los terrenos del kibutz, y en general.
44,5. para pagar al kibutz una compensación por un importe de 2.500.000 NIS por [aproximadamente] todas las injusticias que cometiste. Esta suma está fuera de la letra de la ley, solo para fines de compromiso, y es significativamente inferior a la compensación completa que debe pagar al kibutz."
- Las partes discrepan sobre si y cuáles de las demandas fueron satisfechas por Vaknin. En cualquier caso, está claro que Vaknin no pagó al kibutz la cantidad de compensación exigida en el párrafo 44.5 de la carta, y que, aunque tomara alguna acción tras la carta, esas acciones no satisfizieron ni enfriaron la mente de los responsables de la toma de decisiones del kibutz. Por ello, el 11 de mayo de 2021, el kibutz presentó la demanda por responsabilidad civil contra Vaknin, que es la base del presente procedimiento. En su demanda, el kibutz reiteró que Vaknin cometió los errores detallados en la carta, e incluso detalló una serie de 77 publicaciones difamatorias, de las que se alegaba que Vaknin era responsable: la gran mayoría de las publicaciones, unas 70 en total, fueron escritas por varios miembros del grupo, como parte del discurso en línea que tuvo lugar allí; el resto de las publicaciones, que pueden contarse con los dedos de las manos, fueron escritas por el propio Vaknin en el grupo, o realizadas por él mismo en varios foros en los que habló (como la conferencia mencionada anteriormente, a fecha de 16 de octubre de 2022). En cuanto a la ayuda, el kibutz reiteró la demanda de compensación monetaria, que también dirigió a Vaknin en la carta, y le exigió la suma de 2.500.000 NIS (esta suma fue elegida, según la explicación del kibutz, "únicamente por razones de eficiencia y para considerar las posibilidades de cobro, [...] aunque está claro que la compensación debida al kibutz es mucho mayor que la cantidad reclamada"); En cambio, las otras demandas que el kibutz dirigió a Vaknin en la carta no se mencionaron en la declaración de reclamación.
- El 8 de julio de 2021, incluso antes de que se presentara una declaración de la defensa, Vaknin presentó una moción para desestimar la demanda in limine. En la solicitud, argumentó que se trata de una demanda que cumple "todas las características de una demanda por silenciamiento. Su principal objetivo es imponer a [Vaknin] los considerables costes de llevar a cabo un procedimiento (en tiempo, recursos emocionales y dinero real) y utilizar el propio proceso legal para disuadir a [Vaknin] y activistas sociales de la actividad pública y política." Basándose en estas declaraciones, Vaknin argumentó que se trataba de una demanda "endeble y problemática", que constituía un abuso de los procedimientos legales, razones que justifican tanto el desestimo de la demanda in limine, de acuerdo con las disposiciones de los Reglamentos 41(a)(2) y 42 (respectivamente) del Reglamento de Procedimiento Civil, 5779-2018 (en adelante: el Reglamento).
- El 3 de octubre de 2023, tras varios intentos fallidos de lograr que las partes llegaran a un acuerdo, el Tribunal de Magistrados rechazó la moción de desestimación in limine. La decisión describió primero que "las demandas por estoppel son una expresión de abuso de procedimientos legales", y desde ese punto de partida se examinó la actitud adecuada hacia ellas. En este contexto, se señaló que "la doctrina de 'reclamaciones de silenciamiento' aún no ha sido completamente absorbida por la ley israelí", aunque "se han intentado promulgar una ley al respecto", y la doctrina incluso ha sido "abordada en sentencias del Tribunal Supremo." Tras presentar las características enumeradas por la jurisprudencia respecto a las reclamaciones por estoppel y recordar varias sentencias en las que se discutió el tema, el asunto se resumió de la siguiente manera: "De la jurisprudencia se desprende que, en aquellos casos en los que el tribunal está convencido de que claramente enfrenta una demanda por estoppel y es capaz de determinar positivamente que cumple todas las características requeridas para su clasificación como reclamación de silencio, en lugar de una impresión inicial, y que el demandante probablemente no tenga derecho a un reparo incluso si prueba su reclamación, Es posible usar una herramienta de eliminación directa." Esto también es "en vista del enfoque de la jurisprudencia sobre la desestimación de reclamaciones in limine como regla general, y teniendo en cuenta el derecho de acceso a los tribunales, su importancia y su alto estatus."
- Al aplicar esta base legal a los hechos del caso, el Tribunal de Magistrados concluyó que no pudo determinar que "todas las condiciones requeridas para la clasificación de la reclamación como una reclamación de silenciamiento se cumplen en esta etapa" y, por tanto , "[y] no puede conceder la solicitud de desestimación." Esto se debe a que, aunque la afirmación se caracterice por algunas de las características de las reclamaciones de silenciamiento, no existen otras características: no se ha demostrado que "esta sea una reclamación infundada"; ni puede determinarse "en esta etapa que la cantidad de la reclamación carece de base legal". Se señaló además que la decisión sobre la reclamación requiere una aclaración fáctica, que solo puede hacerse más adelante, sobre la cuestión de si Vaknin eliminó o no algunas de las publicaciones antes de presentar la demanda. Por tanto, la decisión se resumió de la siguiente manera: "No se me ha demostrado que el principal motivo para presentar la demanda sea disuadir a [Vaknin] y a otros de participar en el debate público sobre el asunto de Nahal Hasi. [...] Las características de la doctrina requieren un examen fáctico en el marco de la investigación de la reclamación y, por ahora, no se puede determinar que estemos ante una demanda clara por silencio presentada mediante abuso de procedimientos judiciales." Por lo tanto, se rechazó el argumento de que la reclamación debía ser desestimada in limine, debido a abuso de procedimientos legales. Por razones relacionadas, también se rechazó el argumento de que la reclamación debía ser desestimada in limine en ausencia de causa de acción: "No se puede decir que el kibutz no tenga causa de acción en absoluto ni que exista ninguna posibilidad, ni la más mínima, de que reciba el reparo solicitado por él o en parte", y por tanto, "no hay margen para la desestimación de la reclamación in limine por este motivo."
- Vaknin no cedió y presentó una solicitud ante el Tribunal de Distrito para solicitar permiso para apelar la decisión. La solicitud fue denegada. Como plataforma para la audiencia, el Tribunal de Distrito reiteró lo que también se fundamentaba en la decisión del Tribunal de Magistrados: "Nos ocupamos de una moción de desestimación sumaria y, como tal, el tribunal debe actuar con gran cautela debido al derecho de acceso a los tribunales y encontrar un buen equilibrio entre la existencia prima facie de una causa de acción y el daño que se causará al demandado, que se verá obligado a defenderse frente a la demanda." En este contexto, el tribunal planteó varias dudas respecto a algunas de las reclamaciones de Vaknin y señaló que el Tribunal de Magistrados no estaba obligado a "examinar, ya en esta fase del litigio, ninguna publicación y publicación, si constituye difamación o no." Esto se debe a que "el hecho de que al menos algunas de las publicaciones constituyan supuesta difamación, es suficiente para decir que la reclamación debe ser aclarada", cuando "incluir los argumentos de la defensa de [Vaknin] obviamente también se aclarará, aunque no justifiquen desestimar la reclamación in limine."
- De ahí la solicitud de Vaknin de permiso para apelar, junto con la cual también presentó una solicitud para suspender la audiencia en el Tribunal de Magistrados. En mi decisión del 10 de junio de 2024, concedí, con el consentimiento de las partes, la solicitud de suspensión y ordené que la audiencia del procedimiento en el Tribunal de Magistrados se pospusiera hasta que se tomara una decisión sobre la solicitud de permiso para apelar.
Resumen de los argumentos de las partes
- Según Vaknin, su caso justifica conceder permiso para apelar, teniendo en cuenta la cuestión legal muy importante que surge: la cuestión de tratar las "demandas de silenciamiento", en las que los procedimientos legales se utilizan para evitar críticas y debates públicos. Vaknin argumenta que la mera conducción de tales demandas impone altos costes a los demandados y, por tanto, puede tener "graves consecuencias para la libertad de expresión, las legítimas luchas civiles por intereses públicos y el derecho del público a saber", debido al "efecto disuasorio" que puede surgir como resultado de estas demandas, que disuaden a muchos de participar en el discurso público. En este sentido, se argumentó además que el fenómeno de las demandas de silencio, que desde hace tiempo se ha reconocido en los Estados del Mar y se ha discutido en la literatura, está "aumentando también en Israel", y que este Tribunal requiere una decisión clara al respecto.
- En el fondo, Vaknin sostiene que "el procedimiento aquí es un caso de manual para una demanda silenciosa" y un abuso de un procedimiento legal, ya que la demanda presentada contra él sigue todos los criterios presentados en la jurisprudencia, característicos de estas reclamaciones: la compensación exigida por el kibutz es extremadamente excesiva y no estaba respaldada por ninguna explicación o detalle satisfactorio, cuando en realidad – el kibutz no indicó ningún daño causado; estamos ante un debate que despierta gran interés público; existen diferencias de poder considerables entre la corporación, el demandante y el demandado individual; No se presentó una explicación satisfactoria para la decisión de demandar, pero Vaknin, como representante del grupo, fue reemplazado por la demanda por parte de los anunciantes directos de las publicaciones en la agenda. Respecto a esta última característica, también se argumentó que la decisión del kibutz de demandar solo a Vaknin contradice la decisión de este tribunal en Civil Appeal Authority 1239/19 Shaul contra Nidley Communications Ltd., párrafos 48-49, 54 [Nevo] (8 de enero de 2020) (en adelante: el caso Naidli), según el cual, en ausencia de razones excepcionales, un demandante por difamación debe demandar primero a los editores directos de las publicaciones sobre difamación por las que demanda. Aunque no debería permitirse ser "demasiado selectivo" respecto a los acusados que él elige. En vista de dicha norma, Vaknin opina que debe determinarse que la reclamación del kibutz constituye un abuso de procedimientos legales y, por tanto, debe ser desestimada de inmediato, de acuerdo con el Reglamento 42 del Reglamento.
- Estos asuntos están relacionados con otra razón que, según Vaknin, justifica conceder permiso para apelar y luego aceptar también el recurso: según él, el rechazo de su solicitud conducirá a "la conducción de un procedimiento erróneo mientras se desperdician recursos judiciales y recursos de las partes." Esto se da en vista de la norma mencionada respecto a la reclamación del kibutz, y teniendo en cuenta que la necesidad de evitar un procedimiento erróneo debe recibir validez adicional sobre el asunto en cuestión, ya que "el propósito completo de la doctrina del abuso, en casos de silenciamiento de reclamaciones, es evitar la pesada carga, en recursos económicos y emocionales, de tratar un procedimiento legal completo."
- El kibutz, por otro lado, sostiene que 'ni su número ni parte de él' – en su posición, en el momento actual, es solo la decisión del Tribunal de Magistrados de que no desestimará la reclamación de inmediato, porque consideró que es necesaria una aclaración fáctica sobre ciertos asuntos para formular su posición"; esto sin rechazar "reclamaciones [y propiedad] por el fondo (por el momento)". En estas circunstancias, según el kibutz, no hay justificación para conceder permiso para apelar. Así, teniendo en cuenta la extensa jurisprudencia, según la cual la intervención del tribunal de apelación en las decisiones relativas al rechazo de una moción de desestimación in limine solo se hará en casos excepcionales y raros – una resolución que es preferible al "kel ve-chor", según el kibutz, donde tratamos una solicitud de permiso para apelar en una "tercera encarnación".
- En cuanto al argumento de Vaknin de que estamos ante una demanda por estoppel y abuso de procedimientos legales, el kibutz se refiere a lo que se indicó en la declaración jurada del secretario del kibutz: "La demanda no es una 'demanda de silenciamiento', no es venganza contra [Vaknin], y aquí no hay ningún trasfondo ideológico, de ninguna manera, y así sucesivamente. No queremos silenciar a [Vaknin] ni hacerle daño de ninguna manera." En este sentido, también se señala que "basta con revisar un puñado de publicaciones" detalladas en la declaración de la demanda, y "basta con entender cuántas veces [Vaknin] acudió físicamente al kibutz y creó molestias y daños intolerables, para ver que las afirmaciones del kibutz son legítimas, detalladas, respaldadas por pruebas y referencias", para concluir que Vaknin descalifica en su propio momo: "Es precisamente [Vaknin] quien abusa de los procedimientos legales al presentar la moción [de desestimación sumaria].". Además de lo anterior, el kibutz sostiene que no existe doctrina de una reclamación de silenciamiento en el derecho israelí, cuando los tribunales la mencionaron, se enfatizó que su propósito era "proteger contra una situación en la que, por un lado, se presenta una 'demanda infundada o borderline'; Por otro lado, la demanda ataca publicaciones legítimas y la expresión de una opinión o crítica legítima." Esto contrasta con las "publicaciones incendiarias e injustas del tipo más grave", como las publicaciones con las que tratamos. La cantidad de la demanda tampoco es excesiva, según el kibutz, sino que al contrario: el mayor número de ingravios, cometidos en diversos incidentes distintos, demuestra que "la demanda se presentó en el lado más bajo y no en el lado alto." El kibutz argumenta además que "la reclamación de una 'demanda de silenciamiento' no es apropiada para resultar ser una reclamación umbral", sino solo en los salones del procedimiento; y que Vaknin no probó que los anunciantes directos de las publicaciones "sean personas cuyas identidades se conocen", porque "los nombres y perfiles ficticios en Facebook son un fenómeno bien conocido [...]. No puedes simplemente asumir que estos son perfiles reales y quién está detrás de ellos."
- EL KIBUTZ SEÑALÓ ADEMÁS UNA SERIE DE CASOS EN LOS QUE "ADMINISTRADORES DE GRUPOS Y SITIOS WEB DE FACEBOOK, AUNQUE SOLO FUERA PORQUE NO ELIMINARON PUBLICACIONES DIFAMATORIAS ESCRITAS POR OTROS" – UN HECHO SUFICIENTE "PARA DEMOSTRAR QUE AQUÍ HAY UNA DEMANDA MUY JUSTA Y BIEN FUNDAMENTADA." El kibutz también afirma que trató a Vaknin con justicia, contactándole con una carta de advertencia antes de tiempo, tras lo cual esperó unos seis meses, durante los cuales Vaknin eligió "no hacer lo más sencillo, que está justo al alcance de su mano" – pulsar la tecla SUPRIMIR en el teclado y borrar todas las publicaciones y publicaciones. Solo cuando el kibutz se dio cuenta de que estaba esperando en vano, y que Vaknin, por su parte, no cambió su actitud, "la demanda se presentó sin elección."
Discusión y decisión
- De acuerdo con mi autoridad bajo el Reglamento 149(2)(b) del Reglamento, decidí escuchar la solicitud de permiso para apelar como si se hubiera concedido permiso, y se presentó un recurso conforme al permiso concedido. Tras revisar los escritos de las partes, sus apéndices y las decisiones del Tribunal de Magistrados y del Tribunal de Distrito, he llegado a la conclusión de que la apelación debe ser desestimada, por lo que sugeriré a mi colega que se desestime. El procedimiento plantea una cuestión importante respecto al tipo de reclamaciones conocidas como 'demandas de silenciamiento', un tema que aún no se ha tratado en profundidad en nuestra jurisprudencia (el caso Naidli, párrafo 50; véase también: Civil Appeals Authority 1688/18 Sarna v. Netanyahu, párrafo 7 [Nevo] (15 de abril de 2018) (en adelante: el caso Sarna)); hay margen para establecer precedentes respecto a los métodos de identificación de tales reclamaciones y la respuesta judicial adecuada a ellas. Como se detallará más adelante, opino que las semillas para abordar el problema ya se han sembrado hace tiempo, y que el juez que ocupa el estrado dispone de herramientas eficaces para abordarlo, especialmente dentro del marco de los nuevos Reglamentos de Procedimiento Civil. Por tanto, es necesario, principalmente, aclarar, aclarar y delinear el camino, como muestra el procedimiento que tenemos ante nosotros, y otros procedimientos similares; "Hay una mesa, hay carne y hay un cuchillo" – lo único que nos queda es levantarnos de la mesa, poner la mesa y "comer" (según Bavli, Kiddushin 46a). Me pondré a trabajar.
Afirmaciones por mudo – Guía de usuario (Abuso)
- Un fenómeno bien conocido y de larga trayectoria en el mundo de las demandas por difamación, que se introdujo por primera vez hace más de tres décadas, es el fenómeno de las demandas de silencio, o en otras palabras: SLAPP – Demandas Estratégicas contra la Participación Pública. Los primeros en señalar el fenómeno fueron un par de investigadores estadounidenses, George Fring y Penélope Kenan, que resumieron los frutos de su trabajo en el libro: George W. Pring & Penelope Canan, Slapp's - Siendo demandados por hablar abiertamente (1995). En esencia, este es un patrón de acción en el que elementos poderosos y ricos utilizan demandas para silenciar el discurso público y las críticas dirigidas hacia ellos. El "golpe" del proceso mencionado es que, independientemente del resultado de las demandas, la propia exposición a los procedimientos legales —que en la mayoría de los casos serán, procedimientos por difamación— puede imponer precios elevados a los demandados y, por tanto, también crear un "efecto disuasorio" y disuadir al público de participar en el discurso público y de criticar a los "actores fuertes". No hace falta decir que existe un peligro real de daño a la libertad de expresión y al discurso abierto, que es uno de los fundamentos más importantes de un Estado democrático (caso Naydley, párrafo 50; Autoridad de Apelaciones Civiles 4512/20 Mano Shipping Company en Tax Appeal v. Blass, párr. 15 [Nevo] (14 de octubre de 2020); Shahar Tal, "El horror de la difamación: el mapa de incentivos para presentar reclamaciones SLAPP en Israel," Mishpatim 515, 516 (2016) (en adelante: Tal); Khaled Ganaim, Mordechai Kremnitzer y Boaz Schnur La ley de difamación – El derecho común y la ley deseable 457 (2ª edición ampliada 2019) (en adelante: Ganaim, Kremnitzer y Schnur); Rachel Aridor Hershkovitz y Tehila Schwartz Altshuler Presentando Reclamaciones: Características, Peligros y Formas de Afrontar 46 (Instituto de Democracia de Israel – Investigación de Políticas 116, 2022) (en adelante: Aridor Hershkovitz y Schwartz Altshuler)).
- Además de lo anterior, también se señaló que el daño causado a los litigantes en los tribunales, debido a la asignación de recursos judiciales a quienes no los merecen: "No menos importante, las demandas SLAPP crean una carga indeseable e injustificada para el sistema judicial", mientras que el hecho de que estas reclamaciones a menudo sean rechazadas al final solo "intensifica el sentido de desprecio hacia el sistema judicial" (Tal, pp. 521-522; véase también: Reglamento 5 del Reglamento; Issachar Rosen-Zvi La reforma del procedimiento civil: Guía de los perplejados 288-289, 293 (Segunda Edición 2023) (en adelante: Rosen-Zvi)).
- Después de haber hablado, en resumen, del fenómeno de silenciar las demandas y sus maldiciones, queda dar señales en estas demandas para identificarlas y protegerlas contra ellas. En este contexto, quienes participaron en el trabajo señalaron varias características en las que las afirmaciones de estoppel fueron "alabadas", cuando no se trata de una lista de condiciones acumulativas y cuando, naturalmente, en la medida en que se encuentra que una determinada afirmación está 'contaminada' con más características que las enumeradas a continuación, la tendencia a clasificarla como una afirmación silenciadora aumentará, y viceversa. En términos generales, señalaré que las características están organizadas de pesadas a ligeras, según la escala de su posible contribución a la clasificación de una reivindicación como una reivindicación silenciadora; "En el grande comenzó, y en el pequeño se volvió" (Bereishit 44:12) (muchas de las palabras que Lekman utiliza en el caso Nadeli, párrafos 48, 50 y 54; Tal, pp. 536-537; Ganaim, Kremnitzer y Schnur, p. 457; Rosen-Zvi, p. 292; Aridor Hershkovitz y Schwartz Altshuler, pp. 48-52):
(-) Diferencias de poder entre los partidos - Un demandante que disfruta de recursos financieros y fácil acceso a servicios legales, a menudo una corporación, donde sus 'alternativas están en el demandado' (según Mishna, Avot 5:7), es decir, una persona privada o una pequeña corporación que no opera con fines de lucro y que no tiene recursos económicos excepcionales. En esta situación, los efectos del proceso legal para cada una de las partes son completamente diferentes. De ahí la disposición del demandante a asumir los costes del procedimiento, y por tanto también la reticencia a continuar, ese será el destino del propio demandado y de otros posibles demandados.