Casos legales

Caso Civil (Apelación Penal) 38177-12-12 Moti Navon contra Radio A-Shams Ltd. - parte 7

January 30, 2015
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La aceptación de la solicitud conducirá a un resultado absurdo, ya que no existe disputa en que los demandados 1-4 no son titulares de cargos públicos y, por tanto , el Derecho Deportivo y las regulaciones del Instituto de Arbitraje no se aplican a ellos, ni la cláusula de arbitraje les aplica.  Por lo tanto, no hay margen para transferir la audiencia del caso del Solicitante al Instituto de Arbitraje, mientras se celebre una audiencia en el tribunal entre el Demandado y los Demandados 1-4 sobre los mismos fundamentos y fundamentos fácticos.  Dividir la audiencia puede dar lugar a un litigio doble y puede resultar en la concesión de remedios duales.

La respuesta del solicitante a la respuesta del demandado

El Demandante argumenta en su réplica que el Demandado, que ejerció como fideicomisario en la suspensión del procedimiento, es un "funcionario" en el equipo, según los estatutos de la Asociación (en adelante: el "Archivo de Definiciones"), según lo cual un titular de cargo es un gerente administrativo, un gerente de equipo y cualquier beneficiario salarial de cualquier tipo, excepto un jugador y un entrenador.  A la luz de esto, el fideicomisario designado para el grupo ocupará el lugar del gestor del grupo y será responsable del mismo, de acuerdo con la sección 4b.  A2 del Reglamento Básico - Constitución de la Asociación.

El Demandante sostiene que, incluso si el Demandado no ejerció como fiduciario en la suspensión del procedimiento durante el periodo relevante para la reclamación, aún se le consideró funcionario durante el periodo en que tuvieron lugar todos los hechos que surgieron en las publicaciones objeto de la reclamación.  En cuanto a la afirmación del demandado de que es la mano larga del tribunal, el solicitante sostiene que este argumento es irrelevante, porque el propio solicitante era el gestor del grupo y no habría regresado para recibir la aprobación del tribunal en cada decisión respecto al grupo.  Además, se argumentó que el solicitante entra dentro de la definición de "funcionario" según el expediente de definiciones, ya que es el propietario del grupo y recibe un salario.

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