Casos legales

Caso de delitos graves (Tel Aviv) 14098-08-22 Estado de Israel contra Ashbir Tarkin - parte 55

September 9, 2025
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En las circunstancias actuales, dado que la investigación policial cercana al incidente que se sospechaba de un intento de asesinato en un parque infantil, en las afueras de la ciudad de Tel Aviv al mediodía, opino que las acciones de la policía para localizar cámaras de seguridad y el interés público en garantizar la seguridad y protección del público y la detención del sospechoso en el acto superan la violación de la privacidad, en la medida en que en su caso hubo tal ocurrencia, en la medida en que los ciudadanos fueron grabados aleatoriamente en esas cámaras, lo cual en sí mismo es bastante mínimo.  Dado que las cámaras de seguridad ya estaban apuntando al área pública.

Además; Opino que, en la medida en que la policía actuó de la manera habitual y acudió al tribunal para obtener órdenes de registro para las cámaras en cuestión, dadas las circunstancias del caso, existe una alta probabilidad de que tales órdenes hubieran sido concedidas, como lo demuestra la misma orden de registro emitida por el Tribunal de Magistrados al final de una audiencia celebrada ante él ex parte, respecto a las cámaras en 15 Sumkan Street, Civil Case y Saharon 8 Civil Case (P/59).  Por lo tanto, estoy convencido de que no se ha violado el derecho del acusado a un juicio justo.

  1. El segundo grupo de consideraciones Trata sobre hasta qué punto los medios inadecuados de interrogatorio afectan a las pruebas obtenidas. En este contexto, el grado en que la ilegalidad o injusticia implicada en la obtención de la prueba puede afectar la fiabilidad y el valor probatorio de la misma, y si la evidencia obtenida ilegalmente tiene una existencia separada e independiente de la ilegalidad o injusticia implicada en su obtención.
  2. En el presente caso, tratamos con "pruebas objetivas", que, según la jurisprudencia, suelen tener una conexión más débil entre su conclusión y la conducta inapropiada de los investigadores policiales, en contra, por ejemplo, a la confesión de un acusado (véase: Apelación Penal 9897/05 Almagor contra el Estado de Israel, párr. 11 (23.11.2006)).  Por lo tanto, se puede determinar que los vídeos producidos a partir de las cámaras de seguridad tienen una existencia independiente cuya credibilidad y existencia independiente no pueden verse afectadas como prueba, independientemente de la ilegalidad de la acción policial, y que el defecto no afectó la credibilidad de las pruebas (Issacharov, párrafo 71 de la sentencia del juez Beinisch).  Cabe aclarar que la defensa no negó que hubo alguna interrupción o edición tendenciosa en el contenido de los vídeos.
  3. El tercer grupo de consideraciones Trata el equilibrio necesario entre el efecto de la descalificación de la prueba en el trabajo de hacer justicia, examinando al mismo tiempo la naturaleza del delito atribuido al acusado y el grado de su gravedad. En este contexto, debe considerarse la cuestión de si el coste social implicado en la descalificación de la visión es mayor que el beneficio social que se derivará de ella.  Los principales parámetros en este sentido son la importancia de las pruebas para demostrar la culpabilidad, la naturaleza del delito atribuido al acusado y el grado de gravedad de la misma.
  4. El propósito de este grupo de consideraciones es examinar el efecto que la descalificación de la prueba tendrá en el trabajo de hacer justicia en un sentido amplio. Cuando se trata de pruebas centrales y decisivas para la acusación y cuando los delitos atribuidos al acusado son muy graves, es posible que la invalidación de la prueba perjudique los intereses en conflicto relacionados con la lucha contra el crimen y la protección de la seguridad pública y de las víctimas del delito, incluidas las posibles víctimas.  En estas circunstancias, la inhabilitación de las pruebas llevará a que la persona culpable de cometer delitos graves no será responsable de sus actos, un resultado que en sí mismo puede perjudicar la administración de justicia y la confianza pública en los tribunales.

"El tercer grupo de consideraciones que pueden ser relevantes para decidir la admisibilidad de pruebas obtenidas ilegalmente se refiere al efecto que la descalificación de dichas pruebas tendrá en el trabajo de hacer justicia en un sentido amplio.  La principal cuestión que surge en este contexto es si el coste social implicado en la descalificación de la evidencia es mayor que el posible beneficio que se derivará de ella.  Los principales parámetros en este sentido son la importancia de las pruebas para demostrar la culpabilidad, la naturaleza del delito atribuido al acusado y el grado de gravedad de la misma.  Cuando se trata de pruebas importantes y decisivas para la acusación y cuando los delitos atribuidos al acusado son muy graves, la invalidación de dichas pruebas puede perjudicar indebidamente los intereses en conflicto relacionados con la lucha contra el crimen y la protección de la seguridad pública y de las víctimas del delito.  En estas circunstancias, la inhabilitación de pruebas llevará a que la persona culpable de cometer delitos graves no será considerada responsable de sus actos, un resultado que en sí mismo puede perjudicar la administración de justicia y la confianza pública en los tribunales" (Issacharov, v.  72).

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