Por otro lado, los solicitantes no demostraron que, en el momento de presentar la solicitud de aprobación, LinkedIn tuviera una página web israelí o una web en configuración israelí, y por las pruebas presentadas ante mí, parece que en la fecha de presentación de la solicitud de aprobación, LinkedIn no tenía interfaz en hebreo (esto es evidente por los ejemplos y capturas de pantalla presentados en el marco de la solicitud de aprobación, y al menos no se estableció ninguna infraestructura que permitiera establecer una conclusión diferente); No hay indicaciones claras sobre el volumen de usuarios de Internet en Israel en relación con todo el mundo, y no se ha presentado ninguna prueba relacionada con los esfuerzos de marketing realizados por el Demandado en Israel; Los distintos documentos relevantes (incluidos los Términos de Uso y la Política de Privacidad) no estaban adaptados a Israel ni disponibles en hebreo, y no había atención al cliente en hebreo; y en contraste con el caso discutido en el caso Agoda El producto o servicio comercializado por el demandado no tenía ninguna relación con Israel. También tiene fundamento la afirmación del Demandado de que el servicio prestado por la red es global, que no está específicamente diseñado ni destinado específicamente a Israel, y en gran medida, la ventaja de la red radica precisamente en que permite relaciones comerciales y profesionales globales y en que no está dirigida ni limitada a la audiencia en una zona geográfica concreta (aunque ciertamente existen ventajas en la posibilidad de enfocar la búsqueda según las necesidades).
- En esta situación, en vista de la fase procesal en la que nos encontramos -en la que los solicitantes deben demostrar una causa de acción solo a nivel de una reclamación que merece aclaración; Cuando no hay disputa de que se ha probado una causa de acción a este nivel mínimo bajo la ley israelí; Y existe al menos una posibilidad razonable de que, a la luz de lo anterior, se determine que la ley israelí se aplica al procedimiento - consideré que no hay margen para tomar una decisión final, ya en esta fase, sobre la cuestión de la ley aplicable, y que la cuestión puede dejarse para aclararse y decidir en el procedimiento principal (véase: Acción colectiva (Centro) 14590-12-22 Melody N. KIA CORPORATION [Nevo] (15 de marzo de 2024), párrafos 15-18; Véase también: Matter Agoda, párrafo 52; Interés Snapchat, párrafos 49-50, sobre referencias en los mismos).
- Cabe señalar que LinkedIn sí argumentó, basándose en el Ben Hamo, que incluso si según las normas de elección de ley se supone que debe aplicarse la ley israelí, entonces debe entrar en vigor la cláusula de elección de ley establecida en la sección 6 de los Términos de Uso, ya que se ha dictaminado que la ley del Estado de California no es discriminatoria. Sin embargo, este argumento contradice el precedente que se dictaminó en el caso Agoda Por eso, me lo han rechazado.
La pregunta adecuada sobre el foro
- No hay disputa en que los demandantes tienen la carga de demostrar que el tribunal en Israel es el foro adecuado para conocer el procedimiento. En la jurisprudencia, se establecieron tres pruebas que se utilizan para examinar el foro adecuado para la audiencia de la reclamación: (1) cuál foro tiene más conexiones con la disputa; (2) cuáles son las expectativas razonables de las partes respecto al lugar del litigio en la disputa; (3) ¿Cuáles son las consideraciones públicas en juego y, en particular, qué foro tiene un "interés real" para discutir la reclamación. Al mismo tiempo, se sostuvo que solo cuando el equilibrio entre las afiliaciones al foro israelí y las afiliaciones al foro extranjero se incline claramente hacia el foro extranjero, el tribunal israelí decidirá que, aunque está autorizado a conocer la reclamación, no es el foro adecuado para escucharla (véase, por ejemplo, Autoridad de Apelación Civil 928/18 De Neef Construction Chemicals BVBA v. Gilar en Apelación Fiscal [Nevo] (15 de mayo de 2018), en el párrafo 17 de la sentencia, sobre la jurisprudencia citada en la misma). También se dictaminó que, a lo largo de los años, ha habido un declive en el estatus de la doctrina del foro inadecuado tras el desarrollo de los medios y medios de transporte internacionales en la era de la globalización (Autoridad de Apelaciones Civiles 2705/97 Gypsy A. Sinai (1989) en Tax Appeal contra La Compañía de Lockformer, IsrSC 52(1), 109 (1998)), sin embargo, no se puede decir que esta sea una doctrina que se haya vuelto obsoleta ( Textil de oficina). La doctrina del foro indebido no niega la autoridad del tribunal, sino que determina cuándo el tribunal se abstendrá de escuchar el procedimiento, aunque esté autorizado para escucharlo.
En nuestro caso, el argumento principal de que el tribunal en Israel no es el foro adecuado para conocer el procedimiento se basó en el argumento de que la ley aplicable es extranjera, una cuestión que en efecto tiene importancia y peso en el examen del foro correspondiente. Como he determinado antes, hay consideraciones aquí y allá en el asunto de la ley aplicable, y ciertamente existe una posibilidad razonable de que se decida que la ley aplicable es en realidad la ley israelí. Además, hay bastantes afiliaciones con el foro israelí, dado que es una red social con millones de usuarios en Israel y, como se ha mencionado, incluso tiene oficinas y empleados en Israel. Por otro lado, el peso de los lazos que inclinan la balanza a favor de la ley estadounidense (excluyendo la cuestión de la ley aplicable) es bajo, dado que estos son factores que los medios tecnológicos existentes permiten superar fácilmente. Teniendo en cuenta el alcance del uso de Internet por parte del público israelí, y la existencia de oficinas y empleados en Israel, parece que el Demandado también tiene una expectativa razonable de que las disputas entre él y el público israelí se aclare en un tribunal israelí, e incluso existe un interés público en este foro para discutir el procedimiento (comparar: Asunto Snapchata partir de los párrafos 83). Como mínimo, no se puede decir que la balanza esté claramente inclinada a favor del foro extranjero.