Además, cabe añadir que en la mayoría de los casos, la adaptación del contenido en la web al usuario específico no se realiza de forma proactiva, sino a través de los algoritmos que se activan automáticamente en la red, y aun en este caso hay un impacto en el peso que debe darse al componente subjetivo que afecta a los esfuerzos por penetrar el mercado relevante.
- La aplicación de los criterios establecidos en la jurisprudencia a nuestro caso conduce a un resultado inequívoco.
En cuanto a si LinkedIn debería considerarse una corporación con operaciones en Israel, hay bastantes indicios de que LinkedIn tiene una actividad significativa en el mercado israelí. Según la afirmación de los solicitantes, que no fue oculta, LinkedIn tiene millones de usuarios israelíes (el demandado afirmó que la cifra a la que se refirieron los solicitantes se refiere a todos los usuarios de la red y no solo a los miembros del grupo, pero no proporcionó ningún otro dato) y que tiene (y ya tenía oficinas y empleados en el momento de la solicitud de aprobación) en Israel (Apéndice 2 a la Solicitud de Aprobación y Apéndice 7 a la Respuesta de los Solicitantes a la Solicitud de Herejía); La red permite la subida y el intercambio de contenido en hebreo (Apéndice 5 a la respuesta de los solicitantes a la solicitud de herejía; contrario a la afirmación del demandado en sus resúmenes, el interrogatorio del solicitante no reveló que se tratara de publicaciones realizadas tras la presentación de la solicitud de aprobación - véase pp. 9-10 de las actas) ni el pago en moneda israelí (Apéndice 6 a la respuesta de los solicitantes a la solicitud de herejía). Además, la respuesta de los solicitantes a la petición de herejía iba acompañada de documentos que atestiguaban que ya en 2019 el Estado contrató los servicios de la red con el fin de reclutar funcionarios públicos (Apéndice 2 de la respuesta), y que LinkedIn permite búsquedas dirigidas en Israel (Apéndice 3). Cabe señalar que algunos de estos datos se basan en pruebas que en esta fase no se presentaron como pruebas admisibles; sin embargo, teniendo en cuenta que la demandada (que, por supuesto, tiene toda la información relevante) decidió no presentar una declaración jurada en su nombre y no contradijo esta prueba de ninguna otra manera, consideré que no hay impedimento para confiar en ella en esta fase del procedimiento (comparar: Tel. (Centro) 54964-07-23 Ravid Dekel contra Amazon.com [Nevo] (8 de octubre de 2025), en el párrafo 14, sobre las referencias en el mismo).