Casos legales

Caso Civil (Jerusalén) 56708-12-22 Erez Aumann contra Octopus – Información Pública para Todos (NPO) - parte 11

May 8, 2026
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En el marco de la audiencia de una demanda civil en virtud de la Ley de Protección de la Privacidad, es necesario examinar la existencia de las protecciones establecidas en el artículo 18, que dice lo siguiente:

"En un juicio penal, civil o administrativo por invasión de la privacidad, será una buena defensa si se cumple una de las siguientes condiciones:

  • La infracción se realizó mediante la publicación protegida por el artículo 13 de la Ley de Prohibición de Difamación, 5725-1965;
  • El acusado o el acusado cometió el daño de buena fe en una de estas circunstancias.."

En otras palabras, la Ley de Protección de la Privacidad crea dos tipos de protecciones frente a una demanda civil.  El apartado (1) trata los casos en los que la publicación está "protegida", es decir, está permitida, aunque viole la privacidad, sea cual sea el motivo del anunciante.  El apartado (2) establece defensas frente a una demanda civil cuando la publicación está prohibida, y las estipula de buena fe del anunciante.

  1. De este modo, la Ley de Protección de la Privacidad es similar a la Ley de Prohibición de Difamación a la que se refiere, en la que el artículo 13 establece una serie de tipos de publicaciones permitidas, incluso si perjudiquen el buen nombre de la víctima, mientras que los artículos 14 y 15 proporcionan protección al anunciante cuando la publicación está prohibida, siempre que haya actuado de buena fe y existen circunstancias especiales (como si la publicación era verdadera y de interés público).
  2. Entre las publicaciones permitidas bajo el artículo 13 de la Ley de Prohibición de Difamación se encuentran también las realizadas en virtud del principio de la publicidad de la audiencia. Así, el artículo 13(5) de la Ley de Prohibición de Difamación establece que la publicación correcta y equitativa de una sentencia no está prohibida:

"Publicación por un juez...  que se hizo en el transcurso de una audiencia ante ellos, o por decisión suya, o por una publicación de un litigante, el representante de un litigante o un testigo, que se hizo en el transcurso de dicha audiencia..."

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