Casos legales

Caso Civil (Jerusalén) 56708-12-22 Erez Aumann contra Octopus – Información Pública para Todos (NPO) - parte 18

May 8, 2026
Impresión

El demandante no adjuntó a su declaración de demanda ni declaración jurada los documentos que afirmó que fueron publicados en el expediente de conflictos laborales 7238-05-17.  Sin embargo, el demandante alegó que los documentos publicados también contenían su número de identificación (párrafo 65 de la declaración de demanda).  Lo que el demandante no vio fue completado por el demandado, y en el Apéndice 2 de la declaración jurada se adjunta una sentencia parcial dictada en el caso el 18 de agosto de 2017.  El título de la sentencia indica el número de identificación del demandante inmediatamente después de su nombre.

  1. Según la administración del tribunal, el caso se abrió como "abierto al público" y no se solicitó ninguna orden de silencio ni se impuso una orden de confidencialidad al procedimiento, hasta después de que se dictara la sentencia. El 28 de julio de 2021, el Tribunal Laboral emitió una decisión sobre la solicitud del demandante para una orden de silencio:

"No está claro cómo se publicó el número de identificación cuando las actas de la audiencia y la sentencia no registraron (y deliberadamente) el número de identificación.  En cualquier caso, y en esta fase, si no se recibe objeción por parte de la otra parte, el caso será confidencial." (Apéndice 18 a la declaración de demanda, Apéndice 32 a la declaración jurada del demandante)

Cabe señalar que la sentencia publicada es la sentencia parcial, y no la sentencia final, y es posible que el comentario del tribunal sobre la ausencia del número de identificación en la sentencia se relacione con la sentencia final.

  1. El 3 de agosto de 2021, el demandante contactó con el demandado y solicitó que la publicación fuera eliminada de la página web, ya que incluía su número de identificación. En su carta se señaló que el tribunal había ordenado la confidencialidad del caso.  En respuesta, se pidió al demandante que transmitiera la decisión del tribunal que ordenaba la confidencialidad, el demandante remitió la decisión y el mismo día en que se retiró la publicación.  El demandante volvió a contactar con el demandado y pidió eliminar la referencia al expediente de la página vinculada a su nombre, y le dijeron que la página se actualizaría en los próximos días (toda la correspondencia se adjuntó como Apéndice 2 a la declaración jurada del demandado).  En su contrainterrogatorio, el demandante confirmó que, tras la presentación de la orden, la publicación fue retirada (página 30 de la transcripción, línea 4).

Documentos del Conflicto Laboral 56316-07-17 En

Parte previa1...1718
19...24Próxima parte