Casos legales

Caso Civil (Jerusalén) 56708-12-22 Erez Aumann contra Octopus – Información Pública para Todos (NPO) - parte 6

May 8, 2026
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Sin embargo, incluso después de que el tribunal llegara a la conclusión de que la posible violación de la privacidad era grave, su trabajo aún no había terminado.  Debe continuar examinando si, en las circunstancias del caso, existe margen para ejercer el poder que le otorga de prohibir la publicación, en vista del equilibrio entre las diversas consideraciones necesarias para el asunto.  Por tanto, junto con la magnitud de la violación del derecho a la privacidad, debe examinarse la magnitud de la violación del principio de publicidad de la audiencia.

El punto de partida es que el principio de la publicidad de la audiencia se viola siempre que la publicación del procedimiento judicial sea limitada.  Esto se debe a que las justificaciones del principio son principalmente institucionales, y no se basan únicamente en el interés público en la discusión específica...  Sin embargo, la gravedad del daño al principio puede variar de un caso a otro.  Así, por ejemplo, la intensidad del daño resultante de una mordaza generalizada de publicación en el procedimiento en cuestión en el tribunal no es la misma que la intensidad del daño derivado de una mordaza parcial de publicación que solo se refiere a la identidad de las partes (en la medida en que no exista un interés público especial en su identidad).  Por tanto, es posible enumerar varios parámetros para examinar el grado de perjuicio al principio de publicidad de la audiencia.  Entre ellas, es posible señalar el alcance de la prohibición de publicación, la duración de la prohibición, la etapa en la que se encuentra el procedimiento judicial..., el grado de interés público en el procedimiento específico y la identidad de las partes, la existencia de otros medios menos perjudiciales en manos del tribunal que le permiten evitar la violación de la privacidad...

Como es bien sabido, la información sobre la salud de una persona es un aspecto claro y central de su privacidad...  Dicha información está en el núcleo del derecho a la privacidad, y su divulgación sin el consentimiento del titular de los datos constituye una grave violación de su privacidad...

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