En cuanto a los cheques por importe de ILS 14,000 y ILS 30,000, la demandante no presentó ninguna prueba que demuestre que informó a la demandada de que estaba rellenando los cheques en esas cantidades y presentándolos para su pago, pero se mencionaron en una carta que envió a la demandada el 5 de febrero de 2017, que la Dra. Dan confirmó en su testimonio que había recibido. Por lo tanto, se puede decir que poco después de ser presentados para el pago, el demandado conocía los cheques y su importe.
- La cuestión que surge es si el hecho de rellenar los cheques y enviar las cartas de advertencia es suficiente para situar al demandado como alguien que aceptó y dio permiso para rellenar las sumas de los cheques y como alguien que admitió la deuda en las cantidades indicadas en ellos. La respuesta a esto, en mi opinión, es no, y por tanto la definición de autorización para rellenar los cheques debería examinarse antes de la cuestión de la consideración respecto a ellos.
- En la declaración jurada del testigo principal en nombre de la demandante, el Sr. Meisler alegó que la demandada había entregado a la demandante cheques certificados como pago por bienes y "cheques abiertos como garantía para sus obligaciones de pagar los bienes que realmente fueron comprados y poseídos por la demandante" (párrafo 8 de la declaración jurada del Sr. Meisler sobre el testigo principal).
Por lo tanto, según la propia versión del demandante, el alcance de la autorización es utilizar cheques para el pago de bienes. Sin embargo, en la siguiente sección, párrafo 9 de su declaración jurada, añadió de pasada que el demandado había incumplido sus obligaciones de pagar los bienes y/o la concesión. Sin embargo, según su propia versión, una cláusula previa a los cheques pretendía asegurar el pago de bienes y no una concesión, y en la medida en que la demandante completó la cantidad de la concesión en el marco de los cheques, según su versión actuó conforme a la autorización.
El Sr. Hodis, en nombre del demandante, declaró que la demanda se refiere a la compra de bienes y concesiones que el Dr. Dan debidamente realizó en facturas fiscales y no las cumplió (en la transcripción, pp. 71, párrafos 29-31). El Sr. Hodis detalló que el demandado compró bienes por un importe de ILS 1.751.000 y una franquicia por un importe de ILS 351.000 y explicó que, de las obligaciones totales de aproximadamente ILS 2 millones, el demandado recibió aproximadamente ILS 200.000. El Sr. Hodis también confirmó que en esa fecha, los cheques del demandado estaban en "instituciones de crédito" y su cantidad se redujo (en la transcripción, pp. 72, 9-17). Esto implica que también supimos de este testimonio del Sr. Hodis que el demandante presentó sumas de cheques que no expresaban una deuda solo por bienes, sino en relación con obligaciones adicionales.