Más tarde, en el párrafo 41 de la declaración de demanda, se argumentó:
"La ley israelí ha adoptado la doctrina de "notificación y retirada", según la cual una persona que se considere perjudicada por la publicidad en una plataforma online puede contactar con el propietario de la plataforma y exigir que se elimine el daño. La solicitud de la víctima crea responsabilidad para el propietario de la plataforma como preventor efectivo de daños cuando este último se niega a eliminar sin justificación razonable la publicación indebida en virtud del delito de negligencia, y al mismo tiempo establece responsabilidad hacia el propietario de la plataforma, que será considerado un contribuyente al agravio , de acuerdo con la integración de las disposiciones del artículo 7 de la Ley de Prohibición de Difamación, 5725-1965, que se aplica a las disposiciones sobre el delito civil de la Ordenanza de Responsabilidad Civil , incluyendo el artículo 12, que trata sobre responsabilidad, compartir y solicitar" (mis énfasis - R.A.).
- A la luz de lo anterior, los demandantes solicitaron al tribunal que emitiera una orden judicial contra Google y Meta según lo establecido en la sentencia, y además, solicitaron obligar a cada uno de ellos a pagar al demandante la suma de 500.000 ILS, por la intención de perjudicarle con las publicaciones injustas, y alternativamente no por la intención de dañar y/o como daño no pecuniario y/o por la angustia mental, dolor y sufrimiento que le causaron.
- Además, los demandantes demandaron la suma de 100.000 ILS cada uno a los demandados 4-6, alegando difamación.
טענות גוגל
- Google afirma lo siguiente:
- Google es solo una plataforma. No es el anunciante de los anuncios y no está detrás de ellos. La conexión entre Google y la acusación proviene del hecho de que los anunciantes utilizaron sus servicios con el fin de anunciarlos en instituciones que le pertenecen.
- Los anunciantes son los verdaderos litigantes de los demandantes, son una parte requerida en la demanda, y los demandantes deben agotar la demanda en su contra. Los demandantes no contactaron en absoluto con los anunciantes, y su afirmación de que su identidad no es conocida es vacía, ya que los demandantes disponen de pruebas suficientes para poder presentar su reclamación contra ellos. En la medida en que no conocen su identidad sino solo la sospechan, disponen de suficientes herramientas para verificar esas sospechas.
- Los anuncios ya no aparecen en el buscador, y el sitio web fue eliminado de Internet por separado de este procedimiento y sin ninguna conexión con él, y sin la intervención de Google. Por lo tanto, no hay ninguna causa de los demandantes contra Google.
- Según sentencias judiciales, la prueba determinante para eliminar una publicación es la prueba de la "mentira descarada". De acuerdo con esta prueba, Masadat debe retirar una publicación sin orden judicial, solo cuando la persona que solicita la eliminación pueda presentarle pruebas inequívocas de que el contenido de una determinada publicación publicada en Masada es una mentira clara o ilegal en apariencia, para lo cual no se requiere ninguna aclaración fáctica ni legal. Las publicaciones objeto de la demanda no cumplen con este criterio, como sostuvo este tribunal en la decisión provisional dictada en este caso.
Adoptar la posición de los demandantes, que buscan eliminar una publicación aunque no cumpla con el criterio de falsedad clara, puede abrir la puerta a la eliminación generalizada de contenido de naturaleza negativa, y acabará dejando una plataforma que refleja solo contenido positivo, sobre el que nadie tiene queja. Esta es una situación indeseable, entre otras cosas, debido a la necesaria protección de la libertad de expresión y los derechos de los usuarios de Internet, y es característica de países con regímenes antidemocráticos, de los cuales el Estado de Israel no es miembro.
- El demandante es una figura pública. Cuando tratamos de publicaciones contra figuras públicas, que establecen un interés público significativo, es aún más difícil llegar a la conclusión de que las publicaciones cumplen con el estricto umbral de clara ilegalidad, ya que es cada vez más probable que las publicaciones estén protegidas por la ley.
- La revisión de la retirada no se hizo automáticamente. El contenido fue revisado y observado por los equipos de eliminación humana de Google, y la solicitud de eliminación fue denegada conforme a la ley. El método de examen de eliminación es el mismo en relación con todo el contenido cuya eliminación se solicita, y no cambia cuando cierto contenido es patrocinado en relación con el cual Google tiene un interés económico, y el umbral de examen en relación con dicho contenido no es diferente ni inferior al umbral del examen realizado en relación con contenido sobre el cual Google no tiene interés financiero.
Afirmaciones Meta
- Afirmaciones meta son las siguientes:
- Los demandantes no demostraron en absoluto que todos los anuncios se publicaran en Facebook.
- Los demandantes saben quiénes son los editores de los anuncios, y sin embargo se han abstenido de emprender acciones legales contra ellos.
- Los demandantes no demostraron que hubieran dado a Meta el aviso adecuado respecto al contenido que pretendían eliminar ni que hubieran denunciado las publicaciones a través de las herramientas de denuncia en línea.
- Los demandantes no tienen causa de acción bajo la Ley de Prohibición de Difamación.
- No es posible imponer responsabilidad en responsabilidad civil a Meta por contenido publicado por un tercero en la plataforma que posee, especialmente cuando el demandante es una figura pública y, por tanto, las publicaciones reciben mayor protección.
Argumentos de los demandados 4-6
- El demandado 4 alega que su respuesta repite la publicación original y no constituye un mensaje nuevo e independiente, por lo que los demandantes no tienen causa de acción contra él. El demandado 4 añadió además que su intención era presentar la respuesta mediante una pregunta, pero debido a un error tipográfico, se omitió el signo de interrogación, y si la respuesta hubiera incluido un signo de interrogación, no habría constituido difamación. El acusado 4 argumenta además que existen defensas de buena fe en su caso, que se trata de asuntos triviales y, alternativamente, que tiene derecho a un reparación conforme al artículo 19 de la Ley de Prohibición de Difamación, ya que no tuvo intención de ofender y pidió disculpas.
- El demandado 5 alega que, en su solicitud a él, los demandantes no especificaron la fecha de publicación de la respuesta y, por tanto, no le permitieron defenderse adecuadamente contra la Además, el demandado 5 afirma que no fue él quien escribió la respuesta objeto de la demanda en su contra, y que en todo el caso fue trivial.
- La demandada 6 afirma que es seguidora de la demandante y que solo compartió un único vídeo, que no tenía texto. La difusión se realiza automáticamente después de que ella haya visto la foto del demandante, sin profundizar ni exponerse al contenido del vídeo. El contenido de este único vídeo trata sobre el hecho de que el demandante es un exjudío secular que no fue ordenado rabino - hechos que son ciertos. Y en cualquier caso, este compartir no tuvo ninguna exposición.
Presentación de las preguntas que deben decidirse (en relación con la demanda contra Google y Meta)
- El punto de partida para examinar la supuesta responsabilidad de Google y Meta es que no se debería esperar que revisen de antemano cada una de las publicaciones subidas a las plataformas que poseen por sus usuarios. Dado el número exponencial de publicaciones subidas a las plataformas cada día, aunque solo sea en Israel, esta es una tarea que se impuesto a Google y se espera que Meta sea extremadamente gravosa e irrazonable, y los demandantes ni siquiera hicieron esta reclamación.
La cuestión de la reclamación es la revisión legal que debe aplicarse a la negativa de Masada a eliminar una publicación ofensiva, cuando el objeto de la publicación solicitó hacerlo después de la publicación - ex post - y el alcance adecuado de esta revisión.