Casos legales

Caso civil (Petah Tikva) 5038-06-21 David Cohen contra Tali Gottlieb - parte 7

February 16, 2025
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Y más adelante (sección 25 de la sentencia):

"El tribunal ante el que se investiga una demanda por difamación está obligado a examinar, en los casos apropiados, si la publicación en disputa es una publicación que una persona de la comunidad entiende que debe ser excluida del significado claro de sus palabras y de su significado en el diccionario.  Al hacerlo, el tribunal debe considerar la cuestión de qué mensaje se absorberá de la publicación; Y tener en cuenta que no es deseable que las leyes de difamación excluyan del discurso las formas pictóricas de expresión, incluso aquellas que se hacen por exageración, cuando carecen de pretensión de presentar hechos.  Este examen, en ciertos casos, puede llevar a la conclusión de que, aunque sea una publicación con apariencia fáctica externa ('son las manos de cierta persona que derramó la sangre', en uno de los ejemplos anteriores), sería correcto ver el asunto como un alejamiento del mundo de los hechos duros, hacia la expresión de una opinión sobre el objeto de la publicación y su funcionamiento."

Parece que estas palabras expresan la aversión a los insultos descortés, por un lado, incluidos aquellos relacionados con el linaje de una persona y la profesión de su madre, y el grado de seriedad que debe atribuirse a estos insultos en relación con las leyes de difamación, por otro.

Las palabras del rabino Ilai son conocidas en el Talmud babilónico: "En tres cosas una persona es reconocible: en su copa, en su bolsillo y en su ira" (Eruvin 65b), pero esto se refiere a quien llena su boca de maldiciones cuando está enfadado.  Se dice que esta persona se manifesta en su ira.  Esto no se aplica al objeto de la publicación, ni a la persona sobre la que se hicieron los comentarios.  Por lo tanto, lanzar insultos despectivos a otra persona en un momento de ira no significa que el objeto de la publicación sea realmente digno de esas cosas, ni que haya algún defecto en ello.  En cualquier caso, si alguien puede ser humillado, en realidad es el anunciante y no el objeto de la publicación.

  1. Antes de abordar el caso en cuestión, la cuestión de las publicaciones en Internet y en las redes sociales ha sido debatida extensamente en los últimos años en sentencias judiciales, y ya se ha decidido que las leyes vigentes relativas a cualquier publicación deben aplicarse a estas publicaciones. En este sentido, véase Autoridad de Apelación Civil 4447/07, Mor contra Barak ATC.  [1995] Bezeq International Services Company Ltd., PD 66(3) 664.
  2. La reclamación del demandante:

El demandante basa su reclamación en una publicación publicada por el demandado en la página de Facebook "Tweet Statuses".  El mismo pasaje también fue publicado en la página de Facebook del reportero Sivan Cohen, después de que fuera editado y se le eliminaran los diversos insultos.

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