Casos legales

Caso civil (Tel Aviv) 43510-07-22 Guy Binder vs. Daniel Shmuel Elmaliah - parte 9

March 10, 2025
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A la luz de lo anterior, los demandados opinan que el foro correcto y apropiado para presentar y gestionar la demanda es Estados Unidos, que tiene las conexiones más materiales y sustantivas con los hechos descritos en la declaración de la demanda.

  1. En respuesta, los demandantes reiteran todos sus argumentos tal y como se argumentaron en su respuesta a la moción.

incluida su afirmación de que la solicitud debería ser rechazada de plano debido a un retraso en su presentación.  En cuanto a esto, los demandantes añaden que la declaración de demanda se presentó en julio de 2022, la declaración de defensa el 1 de enero de 2023 (hace más de dos años), y que durante ese tiempo se celebraron tres reuniones previas al juicio, se dictaron dos sentencias que fueron canceladas y se presentaron nada menos que 32 mociones, por lo que, aunque solo sea por esta razón, la solicitud debería ser desestimada de inmediato.

Los demandantes reiteran además su argumento de que no hay razón para relacionarse con la conexión entre los demandados e Israel, sino solo con la ejecución misma de la invención, así como con su afirmación de que, en cualquier caso, la mayoría de las conexiones son con Israel (como ya se detalló arriba) y con su afirmación de que, a la luz de todo lo anterior, el foro israelí es el foro adecuado y que, en cualquier caso, la carga de demostrar que no es así recae en los demandados que no asumieron esta carga y ni siquiera lograron establecer ningún otro foro adecuado.

Sin desmerecer lo anterior, se argumentó que en el presente caso, el tribunal israelí adquirió su jurisdicción conforme a la "regla del concepto" - según la cual, incluso si el demandado no está en Israel, el tribunal puede obtener jurisdicción internacional presentando la declaración de reivindicación a otra parte en Israel, que se considera la "mano larga" del demandado.  Se argumentó que tal invención legal conduce al establecimiento de jurisdicción internacional para el tribunal israelí.  Se argumentó que esta regla se aplica en nuestro caso, ya que no hay disputa de que la declaración original y enmendada fue proporcionada a los demandados a través de su abogado en Israel , y este asunto incluso se discutió y decidió en el marco de este caso.  Se alegó que, a partir de entonces, durante dos años, los abogados de los demandados actuaron en nombre de los tres demandados como una sola entidad.  Por tanto, no puede haber duda de que el tribunal israelí tiene jurisdicción internacional para conocer esta reclamación.

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