Casos legales

Caso penal (Tel Aviv) 4368-05-16 Estado de Israel contra Siemens Israel Ltd. - parte 30

July 3, 2017
Impresión

El crecimiento de las corporaciones y el alcance de su control sobre la vida del comercio y la economía en el mundo en su conjunto exige imponer responsabilidad penal sobre ellas, junto con los derechos e influencia que disfrutan.  En un artículo escrito en Estados Unidos que apoya la flexibilización de la imposición de responsabilidad penal a las empresas, Siemens es citado como ejemplo de este propósito.  En su artículo, Sun Beale, Corporate Criminal Liability, la autora analiza la influencia de las grandes corporaciones y la creciente necesidad resultante de imponer responsabilidad penal a las empresas.  El autor cita ejemplos de esto de empresas como Enron, que colapsó debido a actos fraudulentos y dañó la economía estadounidense, así como en el manejo de delitos de soborno cometidos por corporaciones, y señala,  citando como ejemplo a la global Siemens que fue sorprendida cometiendo delitos de soborno en muchas partes del mundo (ibid.):

"Debido a su tamaño, complejidad y control de vastos recursos, las corporaciones tienen la capacidad de cometer malas conductas que superan con creces lo que podrían lograr individuos.  Por ejemplo, Siemens, el gigante alemán de la ingeniería, pagó más de 1.400 millones de dólares en sobornos a funcionarios gubernamentales de Asia, África, Europa, Oriente Medio y América Latina, utilizando sus fondos secretos para asegurar contratos de obras públicas en todo el mundo.  No hay nada de malo en reconocer que fue Siemens, no simplemente algunos de sus directivos o empleados, quienes deberían ser legalmente responsables"

Si se demuestra que los hechos alegados en la acusación son ciertos,  entonces, en principio, debería imponerse la responsabilidad penal al acusado.

El acusado no niega la propia posibilidad y quizás la obligación de imponer responsabilidad penal a las corporaciones.  Su argumento es que, una vez que el Estado alcanzó acuerdos de testigos estatales, en virtud de los cuales se concedió inmunidad a los tres órganos que dieron el soborno, y a la luz de la identidad o identificación entre la compañía y los órganos,  ya no se puede imponer responsabilidad a la empresa.  Para tratar esta cuestión, examinaré ahora la teoría de los órganos que actualmente sustenta la responsabilidad penal de las corporaciones y examinaré si la base conceptual de esta doctrina requiere la conclusión del acusado.

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