3.1.2. La base conceptual para imponer responsabilidad penal a una corporación en virtud de la doctrina de los órganos
Existen varias teorías para imponer responsabilidad penal a las empresas. La teoría de los órganos (o órganos superiores) que atribuye a la sociedad el comportamiento y los pensamientos de los órganos, así como la responsabilidad directa sobre la empresa en virtud de la conducta en la prevención de delitos. Dado que en Israel se ha adoptado la doctrina de los órganos, tanto en jurisprudencia como en legislación, como base para imponer responsabilidad penal a las corporaciones, me centraré a continuación en esta doctrina (para imponer responsabilidad directa a las corporaciones en virtud de su conducta en relación con la prevención de delitos, véase: Sara Sun Beale, Corporate Criminal Liability, ibid., en la p. 1498).
La teoría de órganos está diseñada para abordar la dificultad conceptual de atribuir acciones, comportamientos y pensamientos a una corporación que es una entidad legal, que carece de características humanas biológicas y psicológicas. La doctrina de los órganos no se limita al derecho penal y se aplica a todas las ramas del derecho.
La adopción de la doctrina de la teoría orgánica para atribuir la responsabilidad penal a las corporaciones surgió de la necesidad de encontrar una solución y una forma de imponer la responsabilidad penal a las corporaciones incluso por delitos de pensamiento penal, ya que en el derecho inglés, del cual se basaba la imposición de responsabilidad a una corporación en el derecho israelí, la responsabilidad penal de las corporaciones se limitaba únicamente a los delitos de responsabilidad absoluta (que en el derecho moderno se convertían en responsabilidad objetiva). La teoría de los pinos permite atribuir sus pensamientos e intenciones, es decir, el elemento mental del órgano, a la corporación, y ver el componente conductual del órgano como el comportamiento de la corporación. En otras palabras, en el momento de la consolidación del delito, en el momento de la comisión del delito, el comportamiento y la culpa de la organización son el comportamiento y la culpa de la corporación.