| En el Tribunal Supremo actuando como Tribunal de Apelaciones Civiles |
Mana 11184-07-26
| Antes: | El Honorable Registrador Ron Goldstein
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| Los solicitantes: | 1. B. Amin Motors Ltd.
2. Wildenbruchstrbe 6 grundstucks GmbH 3. Gestión de abejas y abejas GMBH 4. Hermannstrabe 232 Resudential Grundstuecks GmbH 5. GMBH Sun Resudential 6. Bros Residential GmbH 7. MOAV Residencial GmbH 8. Danielle Residential GmbH 9. Dolev Residential GmbH 10. Haysh Resudential GmbH 11. Hope Resudential GmbH 12. Ihab Bachos 13. Maor Residential GmbH 14. Meron Residential GmbH 15. Olam Residential GmbH 16. Quartier 1Labensraum GmbH 17. Rishon Residential GmbH 18. Shoval Residential GmbH 19. Sky Residential GmbH 20. Residencial, GMBH 21. Tavor Residential GmbH 22. Gmbh resuziental de ñame 23. Registro de Beesands Management GmbH 24. A.D.O Property Holdings GmbH 25. Samato Projekt Berlin GmbH HRB 26. Sonnenburgerstrabe Residencial Grundstucks GmbH 27. Dekel Resudential GmbH 28. Fuerbringer Stasse.27 grundstucks GMMBH 29. Mittenwalder Strasse 47 Grundstucks GmbH 30. Helmholtzstrasse 24 Grundstucks residenciales 31. Bluchrstrasse 37 Residenciales Grunstucks GmbH 32. Residenciales River Grundstucks GmbH 33. Oldenburger Strabe 28 Grundstucks GmbH |
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Contra
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| Demandado: | Moshe Bar Shelton
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una solicitud de prórroga de la fecha para iniciar un procedimiento; Respuesta del demandado del 12 de julio de 2026; Respuesta a la respuesta del 16 de julio de 2026
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| En nombre de los solicitantes:
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el abogado Arnon Gicelter; El abogado Doron Afik;
Abogado Yair Aloni
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| En nombre del Demandado: | Él mismo | |
| Decisión
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- Delante de mí Solicitud de prórroga del plazo para iniciar un procedimiento de apelación en Decisión Tribunal de Distrito de Central-LodCaso civil 1883-07-23 [Nevo] A fecha de 21 de abril de 2026, en Gedera Una reclamación financiera presentada por ellos fue eliminada Los solicitantes contra el demandado, Por un foro inapropiado. La decisión fue dictada por el Honorable Juez 20 ben Eliezer, en el que aclaró que el "Concedido por mi autoridad como registrador".
- En segundo plano, una reclamación económica presentada por los solicitantes contra el demandado en julio de 2023. La demanda se presentó el Total de Unos 50 millones de ILS y presuntos actos de fraude, robo y vaciamiento de activos cometidos por el Demandado, hacia Un grupo de empresas en Alemania. El 5 de noviembre de 2025, el demandado presentó la demanda Al Tribunal de Primera Instancia Una solicitud para revocar un permiso de invención fuera del ámbito del Estado y para determinar que el tribunal israelí no es el foro adecuado para conocer la reclamación. En una decisión fechada el 21 de abril de 2026, aceptó El tribunal de primera instancia Solicitud del demandado. En la decisión del Honorable Registrador, se determinó, entre otras cosas, Porque la mayoría de las afiliaciones están dirigidas al foro alemán y el tribunal israelí no es el foro adecuado para conocer la demanda. Por este motivo, el Honorable Registrador ordenó la desestimación de la reclamación y su tramitación se completó (en adelante: Decisión de eliminación).
- Los solicitantes no aceptaron la decisión de la La eliminación. Así, el día 10.5.2026 Los solicitantes presentaron ante el Tribunal de Distrito de Central-Lod, Apelación del Registro Sobre la decisión de eliminación (Apelación contra la decisión del Registrador (Distrito Central) 24948-05-26; [Nevvo] sigue: Apelación del Registrador). El 24 de junio de 2026, el demandado presentó su respuesta a la apelación, en la que Afirmó que Jurisdicción para conocer de una apelación Sobre la decisión de eliminación corresponde al Tribunal Supremo, ya que esta es una decisión que concluye el proceso, que constituye una sentencia del Secretario. A la luz de este argumento, el 5 de julio de 2026, los solicitantes solicitaron a este Tribunal una prórroga del plazo para presentar la apelación (Y esta es la petición que ahora tengo delante.) Al mismo tiempo, el tribunal de primera instancia decidió, en el marco del recurso del Secretario, ordenar la desestimación de dicha apelación, teniendo en cuenta que determinó que el tribunal competente para conocer el recurso contra la decisión de eliminación es el Tribunal Supremo y no el Tribunal de Distrito (Apelación contra la decisión del Registrador (Distrito Central) 24948-05-26 B. Amin Motors Ltd. contra Bar Shalton [Nevo] (27.7.2026) (El Honorable Juez S. Geller)).
El asentamiento otomano [versión antigua] 1916