Casos legales

Caso Civil (Centro) 4585-02-19 Ephraim Naveh contra Hadas Steif - parte 44

October 5, 2026
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Además, los demandados afirmaron que actuaron de manera responsable y con gran cautela, obedecieron las instrucciones del abogado y se abstuvieron de publicar los materiales ellos mismos.  Además, afirmaron que también tenían la defensa bajo Sección 15(11) para la ley, ya que algunas de sus acciones consistían en proporcionar información al editor de un medio o a su representante con el fin de examinar únicamente la cuestión de la publicación.

  1. En cuanto a las dos primeras defensas, en virtud de Sección 15(4) y 15(5) La Ley de Prohibición de Difamación se basa principalmente en la protección de la expresión de opinión sobre un funcionario público o una persona bajo investigación. En el contexto del elemento de expresión de opinión, la norma es que debe hacerse una distinción entre declaraciones fácticas y opiniones.  Un examen del contenido de la emisión especial muestra que su esencia es un discurso descriptivo de hechos, una conexión entre el proceso de investigación en el caso de Naveh, que se ha hecho público, y la información Resumen Otro que está en manos de los acusados y será publicado:

"[...] Una humillante y grosera correspondencia entre el hombre central arrestado y una figura de alto rango del gobierno, sobre juezas de alto rango [...] Lo que podemos decir en este momento sin citas, pero todos sabemos que el material, a partir del material en posesión de la policía, surge del intenso compromiso del principal sospechoso y otros con todo lo que puede afectar tanto a la opinión pública en Israel como al sistema judicial [...] una relación muy estrecha con jueces, con altos cargos del sistema político [...] que esta es una conexión que va más allá de la conexión entre fuentes legítimas e ilegítimas y periodistas.  Y tenemos que dejar claro [...] que lo que ocurrirá es que más adelante en las emisiones, y también en los próximos días, lo traeremos, porque en manos de Hadas y el consejo editorial de What's Burning, hay mucho material.  Mira, no todo el material [...] principalmente que trata sobre personas de alto rango [...] Probablemente llevaremos algunas de las citas más adelante [...]

  1. Un examen de la publicación anterior muestra que constituye principalmente una descripción fáctica respecto a los actos atribuidos a Naveh según la información que poseían los demandados. La publicación no incluía distinción entre el elemento fáctico y el elemento de expresión de la opinión (9/77 Discusión adicional Israel Electric Company Ltd.  contra Haaretz Newspaper Publishing Ltd.IsrSC 32(3) 337,350 (1978)).

Cabe añadir que se trata de un informativo claro: un periodismo como parte de un programa de actualidad, lo que demuestra que se trata de una exposición de hechos y no de una interpretación o expresión de una opinión (Apelación Civil 751/10 Anónimo contra la Dra.  Ilana Dayan-Orbach, IsrSC 65(3) 369,466 (2012)).  Todo esto conduce a la conclusión de que las declaraciones hechas en el marco de la emisión especial no son adecuadas para la protección bajo protección Sección 15(4) o 15(5) de la Ley de Prohibición de Difamación.

  1. En cuanto a la reclamación de los demandados sobre la aplicabilidad de la defensa En el artículo 15(11) Según la Ley de Prohibición de Difamación, creo que Esto Incluye solo algunas de las acciones preparatorias que se tomaron en preparación para la emisión especial. Y lo explicaré.

Así, la primera reunión, que tuvo lugar en las oficinas de Radio del Ejército en presencia del abogado Danino, se caracterizó por la presentación de la información en posesión de Steif y el examen de las posibilidades para su publicación.  Como se desprende de la declaración de Steif a la policía (P/22), la discusión principal fue la cuestión de si era posible publicar a partir de los materiales que Shteif presentó a sus superiores en Radio del Ejército.  Al final de esa reunión Moderación Abogado Danino a los presentes que hasta que se tome otra decisión, los materiales producidos con los teléfonos de Naveh no deben publicarse.  Por lo tanto, determino que la violación de la privacidad de Naveh en el marco de esa reunión a partir de esa fecha 24.12.2018 En la oficina de Elkabetz, en presencia de un representante del Cuerpo de Abogados Generales Militares, Hosa está bajo protección permanente Sección 15(11) La Ley de Prohibición de Difamación (Uri Shenhar Leyes de difamación 647-648 (2ª ed., 2024) (en adelante - Shenhar)).

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