En el caso de incumplimiento del deber legal, se determinó que los otros demandados (con la excepción de Shteif) no fueron cómplices en el incidente ilícito de tomar los teléfonos móviles de Naveh, hackearlos y copiar la información. Como se determinó, Shteif no les proporcionó detalles sobre la forma en que se obtuvo la información. Por el contrario, Shteif proporcionó una "versión de encubrimiento" según la cual la información le fue proporcionada por Chani, y los demás acusados no tenían conocimiento de la actividad ilícita. Si es así, no es una cuestión de fuerzas combinadas que todos los acusados utilizaron para infringir una violación ilícita prohibida de la privacidad de Naveh (Apelación Civil 878/06 Troyheft contra Attia, párrafos 80-82 (Nevo 4.1.2009)). En estas circunstancias, no es posible imponer responsabilidad a los demás demandados en virtud de la reclamación de "infractores conjuntos" bajo Artículo 11 a la Ordenanza de Responsabilidad Civil.
La existencia de la responsabilidad vicaria y la ratificación por parte de la Radio del Ejército por las acciones de Shteif
- Según Naveh, los acusados 2-5 confirmaron explícita o implícitamente los actos delictivos de Shteif, haciendo la vista gorda y sabiendo que constituían un agravio. Así, su responsabilidad se formó en virtud de Artículo 12 a la Ordenanza de Responsabilidad Civil. Además, solicitó la imposición de responsabilidad vicaria en la Radio del Ejército según Artículo 13 a la Ordenanza, dado que la emisora aprobó las acciones de Shteif y estas se llevaron a cabo con el propósito principal de obtener exclusivas periodísticas como parte de su labor. Según él, el hecho de que Shteif cometiera actos delictivos y tomara medios indebidos no resta responsabilidad al empleador ante la ley y la jurisprudencia.
Shteif reforzó las afirmaciones de Naveh, en el sentido de que, en la medida en que se determine cualquier responsabilidad, la responsabilidad vicaria total recae en Radio del Ejército, ya que actualizó a sus superiores en tiempo real y actuó con el acompañamiento, aprobación y ratificación de los organismos profesionales y legales de la emisora.