Por estas razones, rechazo los argumentos de que la investigación policial abierta en el caso de Naveh es un factor que anula la causa del daño o constituye un factor externo (inesperado) que interviene.
El daño
- Como ambos hemos dicho, la infracción de la privacidad es un delito civil y está sujeto a disposiciones La Ordenanza de Responsabilidad Civil Sujeto a instrucciones La Ley de Protección de la Privacidad (Sección 4 a la Ley de Protección de la Privacidad). Por tanto, existen, en esencia, dos vías para determinar la compensación por violación de la privacidad: compensación por daños que se hayan probado, incluyendo daños no pecuniarios, y compensación legal sin prueba de daño correspondiente Sección 29A(b) a la Ley de Protección de la Privacidad. Naveh no solicitó una compensación legal bajo Sección 29A(b) a la ley. Según Naveh, el hackeo de los dispositivos móviles y la publicación de su contenido le causaron daños económicos por un importe de 5 millones de ILS por el daño a los ingresos de la empresa, así como daños no pecuniarios por 4 millones de ILS por violación de la privacidad y daño a la reputación. Alternativamente, Naveh estimó la indemnización en 7 millones de ILS. Abordaré estos componentes de daños según su orden.
Daño pecuniario
- A nivel financiero, Naveh reclamó un duro golpe a su fuente de ingresos, lo que se reflejó en una fuerte caída en los ingresos del bufete "Atias-Naveh" en los años 2019-2021. El bufete de abogados Atias Naveh se constituye como despacho de abogados. Por ello, Naveh presentó la opinión del contable Steinmetz (en adelante - CPA Steinmetz). La opinión del CPA Steinmetz se basó en los estados financieros auditados de la firma para los años 2017-2021, así como en un informe legal elaborado por la firma (p. 149, s. 26, p. 151, s. 31). Según los estados financieros, los ingresos de la firma en los años 2017-2021 son los siguientes:
| Año | Ingresos |
| 2017 | 16.230.974 ₪ |
| 2018 | 17.364.473 ₪ |
| 2019 | 12.751.954 ₪ |
| 2020 | 10.265.401 ₪ |
| 2021 | 9.395.037 ₪ |
- Sobre la base de estos datos, el CPA Steinmetz realizó una comparación entre el promedio de los ingresos de la firma en los años 2017-2018 y el promedio de los ingresos de la firma en los años 2019-2021. Se pidió al CPA Steinmetz que reflejara los datos económicos tal cual y no estimara el daño total causado a Naveh. El CPA Steinmetz declaró en su testimonio: "Creo que mi opinión es técnica. No intenté estimar los daños, mencioné datos de estados financieros, ni siquiera interpreté la conversión a base de caja" (pár. 146, párrafos 34-35). Según el cálculo que realizó, hubo una caída del 35,7% en la tasa de ingresos de la empresa. Según la CPA Steinmetz, este descenso se debe, entre otras cosas, a una disminución en el número de nuevos casos que entraban en la firma: tanto en relación con algunos clientes habituales como con nuevos clientes. La CPA Steinmetz fue cuestionada sobre la opinión en el contrainterrogatorio, durante el cual surgieron las siguientes dificultades:
- El CPA Steinmetz confirmó que no se refirió en la opinión a todos los clientes habituales de la firma, sino solo a uno de ellos, a pesar de que la firma cuenta con clientes regulares adicionales (pár. 153, párrafos 17-21). De este modo, la cifra que representa un descenso en la entrada de nuevos casos de nuevos clientes es de peso particularmente bajo.
- El fiscal fiscal Steinmetz se enfrentó a la afirmación de que en el informe de 2019 elaborado para él por la firma con el propósito de redactar la opinión, faltaban 20 clientes. El fiscal fiscal Steinmetz no contradijo la afirmación y no supo cómo responder por qué ocurrió esto. Esto es lo que surgió de su testimonio: "No sé cómo está estructurado. Un informe informatizado me parece extraño que los archivos puedan ocultarse. No puedo responder a eso" (pár. 152, párr. 29-30).
- La CPA Steinmetz confirmó que el periodo de la COVID-19 (entre los años 2020-2022) también afectó al alcance de los ingresos de la firma (p. 150, p. 31). Sin embargo, este efecto no se tuvo en cuenta en el marco de la opinión.
- El CPA Steinmetz confirmó que no examinó el informe de la firma para 2016. Dijo: "... Nos llevó varios años, no lo recuerdo, di varios años para ver la reducción de la facturación desde cierto punto" (pár. 150, párrafos 34-35). Sin embargo, cuando se presentó al CPA Steinmetz el informe financiero del ministerio para 2016, según el cual los ingresos de ese año ascendían a 11 millones de ILS, confirmó que si también se hubiera referido al informe de 2016, la disminución habría sido menor (pár. 151, párrafo 14).
- Los demandados presentaron una opinión contraria presentada por el CPA Elisha Saar (en adelante - CPA Saar). La opinión de CPA Saar no trata sobre la caída de ingresos en sí, pero plantea una serie de posibles razones para la caída, incluyendo: la jubilación de socios (el abogado Ziv Cohen y el abogado Tzachi Yakovlev), la pandemia de COVID-19 y publicaciones negativas previas como el caso del aeropuerto Ben Gurión. Estas consideraciones, como se señaló, no se tuvieron en cuenta en la opinión de CPA Steinmetz. CPA Saar enfatizó que la firma (que está constituida como empresa) no es parte en la demanda, y que Naveh se negó a presentar sus informes personales tal como los presentaron al Impuesto, o documentos que aclararan su papel y estatus en la firma. En estas circunstancias, no es posible señalar la causa de la caída de ingresos.
- CPA Saar añadió que la comparación de los ciclos de ingresos realizada por CPA Steinmetz es engañosa, ya que en 2019 la empresa cambió su base de informes contables de una base de caja a una base acumulativa. Además, los ingresos de los años 2019-2021 derivan de casos abiertos 2-5 años antes (debido a la naturaleza de los casos de responsabilidad civil gestionados por la firma), por lo que no existe una conexión causal entre ellos y el supuesto incidente. Finalmente, CPA Saar señaló en su opinión que, según diversas publicaciones en Internet, en los años 2019-2021 hubo socios adicionales en la firma que abandonaron la firma. Según él, es posible que, además de la relación financiera entre Naveh y el abogado Attias en la firma, hubiera una relación financiera con los demás socios y tuviera un impacto directo en los ingresos de la firma. Lo que se afirmó en este contexto en la opinión de CPA Saar se refuerza a la luz del testimonio de Naveh según el cual "eran socios en diferentes estatus. Uno era socio en capital y el otro socio en salario" (pár. 110, párrafos 4-5).
- Naveh atribuyó la mayor parte del daño a la actividad de su ministerio al locutor especial. Mi opinión es diferente.
Como ya he señalado, el núcleo de la violación de la privacidad es el acto de husmear y tratar con el contenido y material personal obtenido al hackear los teléfonos, y no los resultados derivados de la propia divulgación pública de los actos, que son resultado de conductas inapropiadas y una investigación policial. Como se ha descubierto del testimonio de Naveh, La emisión especial en Radio del Ejército no fue la única publicación en los medios el día del "allanamiento" de la investigación tras el arresto de Naveh. La orden de silencio se redujo significativamente a medida que la investigación se hizo pública. Me parece razonable pensar que la salida de algunos clientes sea resultado de la conducta inapropiada de Naveh y el declive de su posición pública como consecuencia del asunto del aeropuerto Ben Gurion y la publicación de la investigación policial sobre el asunto del "sexo por nombramiento". No es imposible que la disminución del número de clientes y los ingresos de la firma también sea consecuencia de la salida de dos socios de la firma.