| 09En la Corte Suprema como Tribunal de Apelaciones Civiles |
Apelación Civil 6867/22
| Antes: | Honorable Vicepresidente Noam Sohlberg
La Honorable Jueza Yael Willner El Honorable Juez Yechiel Kasher
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| Apelantes: | 1. Eli Kahane Holdings Ltd.
2. Elia Kahane 3. Eisenberg Brothers Ltd. |
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Contra
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| Demandado: | Tasador de Impuestos Tel Aviv 3
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Apelación contra la sentencia del Tribunal de Distrito de Tel Aviv-Jaffa (Juez Y. Seroussi), con fecha 29 de junio de 2022, en C.A. 30423-01-20, C.A. 30442-01-20 y C.A. 30454-01-20.
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| Fecha de la reunión: | 12 Shevat 590Sentencia Declarativa – General (10 de febrero de 2025)
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| En nombre de los apelantes:
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Abogado Gilad Wakselman; Abogado Or Avi Wazna |
| En nombre del Demandado: | Abogado Yoram Hirshberg |
Sentencia
Juez Yechiel Kasher:
Tenemos ante nosotros una apelación contra la sentencia del Tribunal de Distrito (Juez Y. Seroussi), con fecha 29 de junio de 2022, B-A"Del 30423-01-20, Apelación 30442-01-20, yApelación 30454-01-20. En el marco del fallo, se presentaron apelaciones fiscales relacionadas con la clasificación de un recibo recibido por el apelante No. 2, Sr. Elia Kahane, respecto a la venta de una actividad del apelante No. 3, Eisenberg Brothers Ltd."M, cuyas acciones tenía a través del apelante 1, Eli Kahane Holdings Ltd."M (en adelante, respectivamente: כהנא; Compañía Eisenberg; La Compañía Holding; Y los tres juntos: Los apelantes).
Antecedentes
- En 1976, Kahane comenzó a trabajar en Eisenberg, que se dedica, entre otras cosas, al campo de los microscopios electrónicos, y durante 40 años fue la figura dominante y activa en ello. Además, Kahane es el único propietario de la sociedad holding que posee todas las acciones de Eisenberg.
El 1 de enero de 1998, se firmó un acuerdo de agencia entre Eisenberg y laPhilips Electron Optics B.V. del grupo FEI, que ha sido renovado automáticamente a lo largo de los años (en adelante: Acuerdo de Agencia). Como parte del acuerdo de la agencia, Eisenberg se comprometió a actuar como intermediario independiente con clientes en Israel para la venta de productos y repuestos en el campo de los microscopios electrónicos, a cambio de una comisión.
- Después de varios años, como parte de la política del Grupo FEI de realizar sus actividades en países alrededor del mundo a través de sucursales y no de agentes externos, el 4 de noviembre de 2014, FEI Microscopy Solutions Ltd. firmó dos acuerdos: (en adelante: la Compañía Compradora) en dos acuerdos:
El Primer Acuerdo: Un acuerdo para la adquisición de los activos y actividades de Eisenberg, en el campo de los microscopios electrónicos, por la empresa adquirente (en adelante: Contrato de Compra de Actividad). En el marco del Acuerdo de Adquisición de Actividades, se estipuló en la cláusula 1.5 El acuerdo establece que la empresa adquirente pagará a Eisenberg un total de $3.3 millones durante los años 2014-2015. Además, la cláusula 4.7 del contrato de compra de actividad estipula una cláusula de no competencia según la cual Eisenberg (el vendedor) debe abstenerse durante tres años de una serie de acciones, incluyendo la comercialización y distribución de productos que compitan con los productos de la empresa adquirente, contactar a clientes y proveedores, tomar medidas para persuadir a los empleados de la empresa adquirente de abandonar sus lugares de trabajo y participar en ventas o prestar servicios en el campo de actividad correspondiente. La cláusula de no competencia está redactada de tal manera que Eisenberg debe abstenerse de las acciones mencionadas tanto para sí mismo como para o a través de otro: