Casos legales

Apelación Civil 6867/22 Eli Kahane Holdings Ltd. contra el Tasador Fiscal de Tel Aviv 3 - parte 2

September 24, 2026
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"No Competencia.  Durante el Período de No Competencia, el Vendedor no podrá, por sí mismo ni a través de o en nombre de otra Persona, sin el consentimiento previo por escrito del Comprador." [...]

El asentamiento otomano [Versión antigua] 1916

34-12-56-78 Chéjov contra el Estado de Israel, P.D.  51 (2)     Se determinó además en la sección E El preámbulo del Acuerdo de Adquisición de Actividad establece que Kahane firmará, en su nombre y en nombre de la sociedad holding, una garantía personal con el propósito de asegurar las obligaciones de Eisenberg bajo el acuerdo (en adelante: La Garantía Personal):

"Como condición e incentivo material para la disposición del Comprador a celebrar este Acuerdo, Eli Kahana ('Kahana'), en nombre propio y en nombre de Eli Kahana Holdings Ltd., una empresa israelí, único accionista del Vendedor (el 'Accionista'), ejecutará una garantía en la forma adjunta aquí como Anexo B (la 'Garantía Kahana')."

El Segundo Acuerdo: Un acuerdo de no competencia entre Kahane y la empresa adquirente (en adelante: Acuerdo de No Competencia).  En el marco del acuerdo de no competencia (cláusula 3), Kahane se comprometió, por un periodo de tres años, a abstenerse de una serie de acciones, que se formularon de manera similar a la cláusula de no competencia en el contrato de compra de actividades.  Así, se determinó que Kahane se abstendría, durante el periodo de no competencia, de las siguientes acciones:"a, ya sea para sí mismo o a través o en beneficio de otro, ya sea como funcionario, director, empleado, accionista, socio, asesor, asesor senior, acreedor o de cualquier otro tipo:

"No Competencia.  Durante el Plazo (según se define a continuación), el Ejecutivo no deberá, por sí mismo o a través de o en nombre de cualquier otra Persona, ya sea como directivo, director, empleado, accionista, socio, consultor, asesor, acreedor o de otro tipo, sin el consentimiento previo por escrito de la FEI: ." [...]

En la cláusula 2 del acuerdo de no competencia, se determinó que la empresa adquirente pagaría a Kahane, a cambio de su compromiso, un total de $2.2 millones durante los años 2014-2015.  También debe señalarse que en la sección A En el preámbulo del acuerdo de no competencia, se determinó que, paralelamente a este acuerdo, la empresa adquirente y Eisenberg celebraron un acuerdo para la adquisición de la actividad de Eisenberg.  Además, en la cláusula E En el preámbulo del acuerdo de no competencia, se determinó que Kahane firmaría, en su nombre y en nombre de la sociedad holding, una garantía personal con el propósito de asegurar las obligaciones de Eisenberg De acuerdo con el Contrato de Compra de Actividad.

  1. Tras la conclusión de los dos acuerdos anteriores, Kahane reportó al demandado, el Tasador de Impuestos de Tel Aviv 3, ingresos por un monto de $2.2 millones en los años 2014-2015, que Kahane clasificó como ingresos por ganancias de capital sujetos a una tasa de impuesto sobre ganancias de capital bajo la sección 91(b) de la Ordenanza del Impuesto sobre la Renta [Nueva Versión] (en adelante: la Ordenanza del Impuesto sobre la Renta). Además, en el informe de Kahane de 2015, Kahane compensó una pérdida de capital de 170,000 ILS por un préstamo que otorgó a su sobrino.  Al mismo tiempo, Eisenberg reportó ingresos de $3.3 millones en los años 2014-2015, lo cual está sujeto al impuesto corporativo.

Copiado de Nevo      El 19 de septiembre de 2017, se enviaron evaluaciones a los apelantes conforme al mejor juicio, de acuerdo con A la sección 145(A)(2)(II) A la Ordenanza Impuesto sobre la Renta.  Esencialmente, en las evaluaciones según el mejor juicio, se determinó que el monto total de la contraprestación (tanto la contraprestación a Eisenberg conforme al contrato de compra de la actividad como la contraprestación a Kahane conforme al acuerdo de no competencia) debía considerarse como ingreso pagado a Eisenberg.  Por lo tanto, se determinó que los fondos recibidos por Kahane personalmente debían clasificarse como ingresos fructíferos según Sección 2(4) A la Ordenanza Impuesto sobre la Renta (ingresos por dividendos), o alternativamente según Sección 2(2) (ingresos por trabajo), o según Sección 2(1) (Ingresos de un negocio u ocupación) a la Ordenanza del Impuesto sobre la Renta o de acuerdo con el Sección 2(10) (Ingresos de Otra Fuente) a la Ordenanza del Impuesto sobre la Renta.

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