34-12-56-78 Chéjov contra el Estado de Israel, P.D. 51 (2)
- En una audiencia celebrada el 25 de noviembre de 2025, las partes llegaron a un acuerdo por el cual "se acuerda que el tribunal nombrará a un perito en su nombre y que el fallo se dará con base en la opinión sin necesidad de una audiencia adicional, mientras que las partes se reservarán el derecho de enviar preguntas de aclaración al perito antes de emitir el fallo."
- También se determinó al final de esa audiencia que el abogado de los demandantes presentaría la opinión en nombre de los demandantes (una opinión que se mencionó en la declaración de la demanda pero que no se adjuntó y se presentó durante la audiencia), que a los demandantes se les permitió dividir sus recursos y la solicitud de enviar un aviso de tercero contra el demandado 1 fue rechazada tardíamente.
- De acuerdo con el acuerdo de las partes, en mi decisión del 25 de noviembre de 2025, el ingeniero Zvi Ron fue nombrado como perito en mi nombre (en adelante: "el Experto o "Ron"), con el financiamiento provisional de las partes por igual, mientras que se determinó que:
- "El perito realizará todas las pruebas requeridas en el departamento de los demandados (en adelante: el "Apartamento") y/o en cualquier otro lugar del condominio y/o la propiedad común, para determinar en opinión de un experto:
- ¿Cuáles son las causas y/o causas de los supuestos daños, y en particular respecto a los supuestos daños por humedad;
- ¿Cuáles son las medidas necesarias para detener o reparar los supuestos daños?
- Detalla los diversos daños causados al departamento y cómo reparar estos supuestos daños;
- determinar una estimación financiera para la reparación de los supuestos daños, incluyendo los daños al departamento;
- En la misma decisión, se determinó además que, al recibir la opinión del experto, las partes podrían remitir preguntas de aclaración al experto, y que después de que se respondieran a dichas preguntas, si se remitían al experto, el juicio se daría con base en su opinión sin necesidad de discusión adicional.
- Opinión experta
- La opinión experta del 7 de agosto de 2026 fue recibida en la misma fecha y se publicó, entre otras cosas, de la siguiente manera:
Se identificaron fuentes de humedad activa e inusual en el dormitorio principal (100% con un prócronómetro calibrado) y humedad residual, incluyendo signos de humedad en el techo y paredes, incluyendo signos de humedad y descascarimiento local de pintura. Como la visita del experto al departamento de los demandados no podía ser visualmente afectada, el perito ordenó el nombramiento de un examinador auxiliar neutral - M.G. Home Services, quien realizó pruebas en el departamento de los demandantes mediante un escaneo termográfico y encontró que "los hallazgos de la prueba fueron anormales - durante el examen, se encontraron concentraciones de humedad en valores altos en el techo y las paredes principales, indicando la penetración y dispersión de agua en el techo estructural desde el nivel del piso de los dormitorios en el departamento de los demandados 2-3, que está construido arriba, causando daños por humedad en el departamento de los demandantes como resultado de cargas de agua." En un examen de los hallazgos de humedad, se encontró que "los hallazgos del baca fueron anormales: se identificaron concentraciones anormales en el techo y las paredes del dormitorio de los padres (en el departamento de los demandantes)".
- En el departamento de los demandados, se realizó una prueba de presión en el sistema de tuberías de agua fría/caliente y se encontró que los hallazgos de la prueba eran anormales. En el baño de los padres, se realizó un examen visual en el que se identificaron defectos en "sellado en los compartimentos intermedios, encuentros con paredes y pisos" y "aplicación defectuosa de un arma y material flexible que causa penetración y dispersión de agua en el sustrato que llena el piso del baño". En el baño general también, los hallazgos del examen visual fueron anormales: "Se identificó un defecto de sellado en los compartimentos intermedios en las intersecciones de las paredes y en la intersección de los materiales del revestimiento de la bañera y la pared, así como una aplicación defectuosa de un arma y un material flexible que provoca la penetración y dispersión del agua en el sustrato que llena el piso del baño." Un examen de fibra óptica de un baño principal en el departamento de los demandados también encontró defectos - "Se observaron tuberías con fugas, incluyendo defectos en sedimentación y agua estancada en secciones largas, indicando pendientes defectuosas bajo el piso, incluyendo defectos en la calidad del sellado del baño principal." Un examen del inodoro suspendido en un baño principal reveló otro defecto - "se identificó una caída en el nivel del agua en el inodoro suspendido y la dispersión del agua bajo el inodoro de manera que indica una falla en el conector de la tubería entre el inodoro suspendido y el ángulo del receptor."
0
- En la prueba de la tubería de drenaje de agua de lluvia (prueba hidrostática) no se encontraron defectos y los resultados de la prueba fueron normales.
- Una prueba de inundación realizada en el balcón del departamento de los demandados también reveló deficiencias en el sellado del balcón. Se encontró que después de 4 horas, se identificaron fugas de agua en el techo de los demandantes cuando se observó que: "Durante la inspección, se observó un deterioro en las concentraciones de humedad en el techo y las paredes de un dormitorio y un baño en el dormitorio principal con el inicio de una prueba de inundación."
- Las conclusiones a las que llegó el experto, basadas en los exámenes realizados y detallados arriba y en su opinión, son que: "Opino con alta probabilidad que los diversos signos de humedad, moho y descascaramiento de yeso y pintura en el techo del departamento de los demandantes y en las paredes... son el resultado de un contenido inusual y prolongado de humedad en el sustrato del piso en el departamento de los demandantes como resultado de una falla combinada, en violación del Reglamento de Planeación y Construcción (Solicitud de Permiso para Condiciones y Tarifas) 5730-1970, en contravención de las directrices estándar: 1. Falla del sistema de sellado bajo el piso en las habitaciones húmedas y el balcón. 2. Falla en los sistemas de plomería - tuberías de agua y alcantarillado, en el baño general y en el baño principal."
- En su opinión (pp. 26-28), el perito detalló la manera en que corrigió los diversos defectos en el departamento de los demandados, que estimó (en respuesta a las preguntas de aclaración del 3 de agosto de 2026) en ILS 20,000 (reparaciones del balcón) y ILS 40,000 (reparaciones en el baño general y en el baño principal). También detalló la reparación de los daños por humedad que deben realizarse en el departamento de los demandantes (p. 28 de su opinión), que estimó en ILS 10,000.
- De hecho, la opinión experta indica que las causas de la humedad en el departamento de los demandantes (principalmente en el dormitorio de los padres) provienen de fallas en el departamento de los demandados, incluyendo fallas de sellado en el balcón y fallas en los baños.
- Los principales argumentos de las partes en sus resúmenes
- Los demandantes afirmaron en sus resúmenes que la opinión del perito habla por sí misma y que los demandados están sentados de brazos cruzados, aunque debieron haber realizado las reparaciones hace mucho tiempo. Los demandantes enfatizaron su sufrimiento continuo debido a los daños por humedad y solicitaron aceptar la reclamación en su totalidad, así como imponer gastos legales significativos y honorarios de abogados a su favor. En su resumen, los demandantes solicitaron que el tribunal ordenara que el perito supervisara la ejecución de las reparaciones y asegurara su conducta adecuada, a expensas de todos los demandados, de manera conjunta y individual. También se solicitó que el tribunal ordenara un calendario rápido para la ejecución de las reparaciones.
- Los demandados, por su parte, no disputaron los hallazgos del perito en su opinión, sino que buscaron desestimar la solicitud de los demandantes de acusar a los demandados 2-3 conjunta y solidariamente con el demandado 1. Según ellos, no hay responsabilidad por parte de los demandados 2-3 y la responsabilidad total recae en el demandado 1. Se argumentó que la opinión del perito indica fallas en la interpretación y no las fallas de los demandados 2-3 mismos. Se argumentó que no hubo acto u omisión de los demandados 2-3 que causara el daño. Según ellos, a diferencia del demandado 1, quien negó el procedimiento, no presentó una declaración de defensa y recibió un fallo en su ausencia, los demandados cooperaron durante todo el procedimiento y por esta razón, y por esta razón, ella debería ser considerada plenamente responsable y financiada. Se argumentó que en estas circunstancias, la solicitud de los demandantes para imponer gastos y honorarios de abogados a los demandados 2-3 debería ser denegada.
- Discusión y Decisión
- La Sección 3(b) del Reglamento Común que aparece en el Anexo a la Ley de Tierras - 1969 establece que: "Un propietario de departamento tiene derecho a exigir que otro propietario realice una reparación en el otro departamento, cuya falta podría dañar el apartamento de la persona que solicita la reparación." Por lo tanto, está claro que un propietario de departamento en un condominio tiene derecho a exigir que otro propietario evite humedad en su departamento, que se origina en el apartamento del otro propietario, e incluso obligarlo a reparar todo lo que se requiera para este propósito.
- El hecho de que, de acuerdo con la sentencia parcial, también exista responsabilidad para el demandado 1 no resta la obligación de los demandados 2-3 según la ley, ya que son los propietarios del departamento en el que se encuentra la fuente de la fuga. Por lo tanto, la responsabilidad es solidaria y solidaria, y cualquier reclamación que los demandados 2-3 tengan en relación con el demandado 1 debe ser aclarada en el procedimiento correspondiente, en la medida en que se abra (y sin expresar una posición sobre las probabilidades de un procedimiento cuando se trata del fondo del asunto).
- A la luz del acuerdo entre los demandantes y los demandados 2-3, quienes aceptaron la opinión experta como decisiva en su caso, parece que la humedad en el departamento de los demandantes proviene de fallas en el departamento de los demandados, incluyendo fallas de sellado en el balcón y el baño del departamento de los demandados. No se encontraron defectos en fuentes no relacionadas con el departamento de los demandados, como un defecto en la propiedad común.
- En las circunstancias mencionadas, los demandados 2-3, conjunta y solidariamente con el demandado 1 de acuerdo con el fallo parcial, asumen toda la responsabilidad de reparar las fuentes de humedad en su apartamento, según lo determine el perito en su opinión.
- Conclusión
- Por lo tanto, los demandados, mediante un profesional calificado y bajo supervisión de ingeniería, deben realizar en el departamento de los demandados 2-3 todos los trabajos detallados en las páginas 26-28 de la opinión experta (numeración original en la propia opinión). Además, los demandados deben realizar en el departamento de los demandantes las reparaciones detalladas en la página 28 de la opinión pericial. Los demandados asumirán todos los costos involucrados en las reparaciones del departamento y de su departamento (conjunta y solidariamente con el demandado 1). Los demandados cumplieron con su deber al recibir la confirmación del perito del tribunal de que el trabajo se realizó a su satisfacción, y asumirán los costos involucrados (incluyendo una visita adicional al sitio o el nombramiento de un perito en su nombre para verificar la integridad del trabajo, si el experto así lo requiere).
- El trabajo completo será pagado antes del 15 de enero de 2027, a menos que el perito notifique por escrito que, debido a condiciones climáticas u otra razón, se requiere tiempo adicional para realizar las reparaciones (principalmente las reparaciones de sellado en el balcón del departamento de los demandados), momento en el cual el tribunal fijará un calendario diferente en consecuencia.
- Los demandados 1 a 3, de manera conjunta y individual, reembolsarán a los demandantes los costos incurridos para proporcionar la opinión experta (en la medida necesaria, los demandantes presentarán una resolución para la firma del tribunal respecto al monto y fecha de pago, junto con una referencia), en honorarios judiciales por un monto de ILS 755 y también cubrirán los honorarios legales de los demandantes por un monto de ILS 12,000. Estas sumas incluirán diferencias en los intereses shekel: el monto de los honorarios y honorarios de abogados desde la fecha en que se presentó la reclamación - 8 de enero de 2025, y los costos incurridos por los demandantes con el propósito de proporcionar la opinión experta (el costo del perito y el costo del examinador en su nombre) desde la fecha del pago efectivo al perito.
Concedido hoy, 13 de octubre de 2026, en ausencia de las partes.