VIII. El experto señala que en la prueba de memoria a corto plazo no estaba claro si el sujeto entendía la tarea pero podía repetir las palabras. Se observó que en la tarea de sustracción en serie, el sujeto no pudo realizar ninguno de los pasos. Hay detalles en la opinión respecto a cada etapa de la prueba.
00t. El experto señala que este es un paciente que sufrió un derrame cerebral que le permitió tener deterioros en las funciones motoras y cognitivas. Se observó que los deterioros motores son visibles y los deterioros cognitivos son evidentes en varias direcciones. En la opinión (p. 12) se señaló que en un examen cognitivo realizado el 4 de abril de 2024 en el Hospital Soroka, los resultados de la prueba indicaron un deterioro cognitivo significativo y poca percepción. También se señaló que el material médico detallaba su estado cognitivo al ser liberado de Adi Negev el 18 de junio de 2024, donde el terapeuta del habla detalló su impresión de dificultad para entender instrucciones, describir cosas irrelevantes y dificultad para entender cosas abstractas y no concretas.
0j. El experto señala que una evaluación cognitiva al ser dado de alta del Adi Negev encontró deficiencias significativas en la capacidad cognitiva.
- El experto señala que lo que puede ser engañoso es la buena habilidad social del sujeto, su capacidad para cooperar con el equipo y su comportamiento respetuoso y agradable.
- El perito señaló que el poder notarial duradero fue redactado en septiembre de 2024 y señala que tanto en junio, al momento de su liberación de Adei Negev, como en julio de 2025, cuando fue examinado por el experto, no estaba en un estado cognitivo que le permitiera editar el documento, por lo que se puede asumir que no estaba apto para editarlo ni siquiera entre las fechas.
- El experto señala que redactar un documento del tipo de poder notarial duradero es un documento muy complejo y extenso, y concluye que Para su impresión, el sujeto no pudo entender el significado ni las implicaciones del documento de ninguna manera el día que lo editó. Se señaló que el examinado no tiene la capacidad de abstraer y juzgar lo necesario para preparar dicho documento, incluyendo en relación con los escenarios detallados en el poder notarial duradero que tienen implicaciones complejas.
- En un documento suplementario como parte de las preguntas de aclaración, el experto se refirió a las preguntas de aclaración que hizo en"20 Demandados y aclaró que no cambia las conclusiones de su opinión.
- En el interrogatorio del perito en la audiencia probatoria, la impresión del tribunal fue que la opinión del perito estaba muy fundamentada. El perito se refirió al hecho de que efectivamente es posible tener una conversación con el designador de manera agradable y fluida, pero que no basta con ser una persona con conocimientos y orientación básicos. El reconocimiento y tener una conversación agradable no significa necesariamente que una persona tenga competencia en general o competencia para preparar documentos legales en particular. La impresión del tribunal sobre el interrogatorio del perito es que respondió honestamente, no intentó apegarse a su forma de expresar las cosas, tuvo razón al escuchar preguntas en el"como demandados, incluso cuando le hacían preguntas espinosas. Cabe señalar que se le asignó una hora para su interrogatorio, pero"D. Melitz lo interrogó durante casi dos horas, presentando suposiciones que no derivan de la opinión, y aun así el experto continuó respondiendo pacientemente.
- No encontré razón para desviarme de las conclusiones de la opinión. Estamos tratando con un experto experimentado que ha marcado la diferencia entre una persona educada y agradable que tiene una conversación agradable y una persona calificada para redactar un poder notarial duradero.
Discusión y decisión:
- La posibilidad de redactar un poder notarial duradero es el resultado de un proceso y una revolución en la actitud de los marcos legales del Estado de Israel hacia la manera en que se administra la propiedad de una persona después de que su capacidad para administrar sus propios asuntos es limitada. En el propio documento, la persona que lo redacta expresa sus deseos e intenciones en relación con la cuestión de quién se encargará de sus asuntos cuando él mismo no pueda hacerlo.
- Sección D de la Ley de Capacidad Jurídica y Tutela, 5722-1962 (en adelante - la "Ley"). Regula, entre otras cosas, la manera en que se prepara el poder notarial, los deberes impuestos a la persona que redacta el poder notarial, la forma en que entra en vigor, la posibilidad de retractarse de la redacción del poder notarial, la posibilidad de revocarlo, etc.
- Una condición básica para redactar un poder notarial duradero es que el designador sea competente para firmar el documento al redactarlo.
- La autoridad y discreción otorgada al tribunal para revocar un poder notarial duradero o un nombramiento en virtud de este está regulada en la sección 3229 de la Ley. La sección 3229(a) establece tres motivos alternativos para la revocación:
"3229. (a) El tribunal puede revocar un poder notarial duradero o un nombramiento conforme a él, si existe una de las siguientes condiciones: