Un distribuidor de productos opera durante muchos años y se gana una larga lista de clientes. ¿Tiene el distribuidor su propia reputación independiente o toda la reputación pertenece al fabricante?
La reputación es el beneficio que obtiene la empresa gracias a sus propiedades únicas. Es importante determinar si la reputación pertenece al distribuidor o al fabricante por varias razones. La principal es la cuestión de quién es el propietario de la reputación -el fabricante o el distribuidor- y, en consecuencia, si el fabricante deberá indemnizar al distribuidor en caso de rescisión del acuerdo de distribución. Otra cuestión es la venta de la empresa distribuidora: ¿debe considerarse dicha venta también una venta de reputación? Esta cuestión tiene un gran impacto en la fiscalidad de dicha transacción.
En el caso Barak Gas Agencies Ltd. de enero de 2015, el Tribunal Supremo de Israel sostuvo que si como parte de la venta se transfirieron listas de clientes y el vendedor se retiró completamente de su negocio y renunció a cualquier conexión futura con los clientes e incluso firmó una cláusula de no competencia, el Tribunal estará dispuesto a considerar la venta también como venta de reputación. Para demostrar una reputación independiente del distribuidor, éste tendrá que probar no sólo que el mercado es un resultado directo de sus esfuerzos de comercialización, sino también que gracias a dichos esfuerzos el producto se reconoce más con el distribuidor que con el fabricante. También puede darse el caso de que el distribuidor tenga su propia reputación aunque el producto sea más conocido por el fabricante (y en ese caso la reputación pertenece al fabricante).
El reconocimiento de una reputación independiente del distribuidor tendrá, como se ha mencionado, un gran impacto fiscal y también puede tener consecuencias entre el distribuidor y el fabricante a la finalización del acuerdo de distribución. Si el distribuidor tiene su propia reputación en el producto, el fabricante podría verse obligado a compensar al distribuidor por la rescisión del acuerdo de distribución.
Dado que el reconocimiento de la reputación en el momento de la venta de una empresa puede tener consecuencias, se recomienda que los acuerdos entre las partes de una venta de distribución estén redactados con claridad y no dejen lugar a dudas en cuanto a los derechos vendidos y, sin duda, se recomienda que intervengan un abogado y un contable especializados en el ámbito de los acuerdos de distribución.
Además, es importante que cuando un fabricante y un distribuidor negocien un acuerdo de distribución, la negociación sea llevada a cabo por un abogado especializado en acuerdos de distribución que también redacte los documentos para garantizar que el acuerdo entre las partes, incluido el derecho a la reputación, se establezca correctamente en el acuerdo.