El registro de una marca confiere a su titular el derecho exclusivo a utilizarla, pero ¿existe protección en Israel también para las marcas internacionales conocidas que no han sido registradas en Israel, pero que se identifican con el producto? ¿Se puede utilizar dicha marca en Israel sin el permiso de su titular, cuando la marca es conocida y reconocida en todo el mundo pero no está debidamente registrada en Israel?
En un caso debatido recientemente en el Tribunal del Distrito Central de Lod relativo a un uso comercial del nombre del famoso artista Salvador Dalí se hizo con el fin de comercializar productos de confección en Israel. El Tribunal sostuvo que el nombre Salvador Dalí no es familiar en Israel en el mercado de las prendas de vestir y el público consumidor en Israel no reconoce este tipo de productos con el artista Dalí, a pesar de ser un artista muy conocido. Así pues, el Tribunal desestimó el argumento de que el nombre es una marca notoriamente conocida que da derecho a protección.
La legislación israelí define una marca notoriamente conocida como una marca propiedad de una persona que es ciudadana, de un país miembro (en virtud del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial), residente permanente o tiene un negocio industrial activo en él, aunque la marca no esté registrada en Israel ni se utilice en Israel.
La legislación israelí establece dos pruebas para determinar si una marca es una marca notoriamente conocida en Israel: "El grado en que la marca es reconocida en los círculos públicos pertinentes y el grado en que es reconocida como resultado de un esfuerzo de comercialización". Sin embargo, no se trata de una lista cerrada y la ley está abierta a otras consideraciones.
En virtud de la legislación israelí, una marca notoriamente conocida, aunque no esté registrada, concederá a su titular el uso exclusivo en Israel de la marca con respecto a los productos para los que la marca es notoriamente conocida, o para productos de la misma clase. Así, por ejemplo, no se puede utilizar una marca como "McDonalds" para comercializar hamburguesas aunque la palabra "McDonalds" no esté registrada como marca en Israel.
El objetivo es proteger la reputación y la distinción evidente de la marca adquirida en la práctica, aunque no se haya efectuado el registro formal. Los tribunales han adoptado diferentes criterios para determinar si una marca es notoriamente conocida en Israel, como el grado de reconocimiento de la marca; el grado y alcance de su uso; el grado, alcance y duración de la publicidad que se le ha dado; el alcance geográfico de esos factores; el grado de singularidad inherente o adquirida de la marca; el grado de uso de marcas similares por terceros; la naturaleza de los productos o servicios y los canales comerciales de los productos o servicios que llevan la marca; el grado en que la marca significa reputación de productos de calidad; y el grado de valor comercial que se le atribuye.
Obsérvese que el alcance de la protección y la forma en que se aplicarán estas pruebas dependen de las circunstancias de cada caso. Por lo tanto, para determinar si una marca concreta, que puede estar protegida por su carácter "notoriamente conocido", puede utilizarse, se aconseja consultar a un abogado que ejerza en este tipo de asuntos para un examen más detallado de las cuestiones.