Poder preventivo – Pagos del Más Allá o de este Mundo
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Poder preventivo – Pagos del Más Allá o de este Mundo

October 7, 2019
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Aunque la herencia puede suponer a veces un cierto consuelo económico, que por supuesto es mínimo comparado con el enorme dolor personal, los herederos se ven obligados a menudo a enfrentarse a una fría realidad en la época más dolorosa, lidiar con los acreedores o pasivos del fallecido, cuya desatención puede dar lugar al cobro de deudas, ejecuciones hipotecarias, multas, intereses, etc. Redactar con la debida antelación un poder duradero por parte de un abogado con muchos años de experiencia comercial y trayectoria en negocios de acompañamiento puede servir para evitar muchos disgustos y pérdidas económicas que se deducirán de los bienes que queden en la herencia.

Según la legislación israelí, cuando una persona fallece, todos los bienes pasan a los herederos, ya sea por testamento o por ley. Los herederos no son responsables de las deudas acumuladas durante la vida del difunto y, en la medida en que existan deudas, éstas se pagarán con los bienes dejados por el difunto (como fondos, bienes inmuebles, etc.) aunque estos bienes no sean suficientes para cubrir las deudas en su totalidad. Sin embargo, para que los herederos tengan derecho a recibir su herencia o a disponer de cualquiera de los bienes del difunto, primero deben tramitar la legalización del testamento, si se dejó testamento, o solicitar un decreto sucesorio para el reparto conforme a la ley. Este proceso burocrático a menudo implica una larga espera para el decreto y puede durar varios meses. Si existe desacuerdo entre los herederos, el proceso puede acabar en un proceso judicial que durará muchos años.

Esta situación es una de las principales causas de frustración entre los herederos e incluso puede causar complejas complicaciones legales cuando el fallecido dirigía un negocio antes de su fallecimiento y, naturalmente, existen muchas responsabilidades financieras con empleados, autoridades fiscales, arrendador, etc., lo que a menudo requiere la solicitud urgente al Tribunal con una compleja moción para el nombramiento de un gestor temporal de la herencia porque la falta de adopción de medidas inmediatas y urgentes puede causar graves perjuicios. Por lo general, con el fallecimiento de una persona existe una dificultad para obtener información vital de entidades y autoridades en relación con las obligaciones del fallecido, ya que muchas de ellas (como las compañías de telefonía móvil, las compañías de cables, las aseguradoras, las autoridades locales en relación con el impuesto sobre bienes inmuebles, los proveedores de agua, etc.) evitarán por lo general, en ausencia de la autorización legal pertinente, facilitar información a terceros. Esta situación dificulta el seguimiento de las obligaciones financieras actuales del difunto en el momento posterior al fallecimiento. Además, más allá de las lagunas de información, existe otra dificultad práctica, ya que los bancos a menudo congelan el uso de la cuenta bancaria del difunto de forma que no permite transferir fondos ni realizar transacciones en la cuenta, hasta que un decreto de sucesión defina la forma de distribución de la herencia. Este estancamiento, que puede prolongarse durante meses, es terreno abonado para los accidentes jurídicos y económicos. Por ejemplo, nos encontramos con casos en los que la congelación de la cuenta bancaria del difunto dio lugar al impago de órdenes de pago duraderas y, en consecuencia, a procedimientos de cobro que se tradujeron en multas, intereses y honorarios de abogados. Más allá de los perjuicios causados por el descuido de las cuentas corrientes, el pasivo financiero del fallecido y la exposición a reclamaciones contra la herencia, el agravio para los herederos también es una cuestión a tener en cuenta. Asignar recursos para gestionar los asuntos cotidianos en el momento más delicado, cuando los familiares del fallecido están inmersos en un proceso triste y personal, no es nada sencillo. La situación es aún más complicada cuando además se requiere gestionar un negocio que estaba controlado por el fallecido, y la gestión se hace realmente "con las manos atadas a la espalda".

Una planificación y previsión adecuadas pueden evitar esta situación redactando debidamente un poder notarial duradero. Un poder duradero es una herramienta extremadamente importante que permite la gestión de la rutina de una persona incluso cuando ésta ya no es capaz de entender, ya sea por enfermedad, demencia, accidente o cualquier otro acontecimiento. El poder duradero permite al abogado seguir gestionando los bienes del fallecido incluso durante los primeros 90 días tras el deceso, todo ello sin necesidad de intervención judicial. La gran ventaja está en crear una continuidad que permita realizar pagos duraderos, gestionar bienes, pagar gastos de entierro y duelo e incluso gestionar una propiedad arrendada o un negocio que requiera atención duradera.

El poder continuado sólo puede firmarse ante un abogado autorizado por el Tutor Legal Oficial, pero esta certificación no requiere experiencia previa en el ámbito mercantil, inmobiliario, societario o testamentario y sucesorio. Por lo tanto, es aconsejable no conformarse con un certificado de cualificación, sino consultar únicamente a un abogado con muchos años de experiencia en dichos campos, que pueda así garantizar que los documentos están hechos a la medida de las circunstancias pertinentes y no se basan únicamente en una plantilla.