Por lo tanto, la continuación de la discusión sobre la validez e interpretación del acuerdo de propiedad entre las partes y sobre las relaciones financieras entre ellas se llevará a cabo de conformidad con la ley del Foro, es decir, la ley israelí que se aplica al asunto. Los derechos sobre la propiedad en disputa
- Como se ha dicho, la recurrente alegó ante nosotros que en el acuerdo que la pareja celebró en los Países Bajos se acordó un acuerdo de separación de bienes. En consecuencia, el apelante argumentó que el tribunal de primera instancia debería haber dictaminado que él era el propietario de todos los derechos sobre la casa en Eilat. La primera cuestión que se plantea en este contexto es si el acuerdo celebrado por la pareja en los Países Bajos es válido en las relaciones financieras entre ellos.
En la jurisprudencia de este Tribunal, se expresaron diferentes opiniones sobre la naturaleza del "acuerdo" requerido en virtud del artículo 15 de la Ley en los casos en que el lugar de residencia de los cónyuges en el momento de la celebración del acuerdo se encuentra en Israel. La disputa es si se requiere un acuerdo prenupcial por escrito aprobado de acuerdo con el Capítulo 1 de la Ley de Relaciones Prenupciales, o si un acuerdo explícito o implícito es suficiente según las leyes de los contratos generales. La opinión mayoritaria en el mencionado DNA 1558/94 Nafisi [1] fue que no hay necesidad de un acuerdo que se redactó y aprobó de acuerdo con el primer capítulo de la ley. Se presentaron varias razones para esta interpretación, incluida la razón lingüística, según la cual la sección 15 del párrafo mencionado utiliza el lenguaje "acuerdo" en lugar de un "acuerdo prenupcial" (véase: DNA 1558/94 Nafisi, supra [1], en págs. 588-596 (párrafos 10-15 de la sentencia del juez Goldberg), en págs. 603-605 (párrafo 3 de la sentencia:sentencia del Presidente Barak), en la pág. 607 (párrafo 3 de la sentencia del juez Dorner), en las págs. 614 y 615 (párrafo 17 de la sentencia del juez Cheshin) y en las páginas 14 y 15 (sentencia del juez Tal). Véase también: CA 2/77 Azugi supra [3],
págs. 14-15 (párrafo 13 de la sentencia del juez Elon); CA 291/85 Ouelid v. Ouolid [7], en págs. 218-219 (párrafo 7 de la sentencia del juez Goldberg); CA 6339/97 Rocker v. Salomon [8], págs. 252-253 (párrafo 6 de la sentencia del juez M. Cheshin); Shawa (vol. 2) [16], en págs. 857-858). (Para otro enfoque interpretativo con respecto a Para la sección 15 de la cláusula mencionada, según la cual un acuerdo celebrado después de la entrada en vigor de la ley debe cumplir las condiciones establecidas en el primer capítulo de la ley, véase CA 2199/91 Nafisi, supra [3], en págs. 96-97 (párrafo 9 de la sentencia del juez Matza)).