Casos legales

CA 7687/04 Sasson v. Sasson IsrSC 59 (5) 596 Juez D. Beinisch - parte 4

February 16, 2005
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Con respecto a la ley que se aplica a las relaciones financieras entre los cónyuges, el juez Rivlin señaló  que en la sentencia del vicepresidente Timur, se determinó que el  lugar de residencia de la pareja en el momento del matrimonio estaba en Israel, aunque su matrimonio tuvo lugar en los Países Bajos.  Al respecto, el juez Rivlin comentó  que "con base en la evidencia presentada en el juicio de hoy, fue posible llegar a una conclusión diferente, pero esto no cambia el resultado".  Según él, aunque se dice que el lugar de residencia de los cónyuges en el momento del matrimonio estaba en los Países Bajos y, por lo tanto, se aplica la ley neerlandesa de conformidad con las disposiciones del artículo 15 de la Ley de  relaciones patrimoniales, el apelante no ha probado esta ley.  Por lo tanto, es posible utilizar la presunción de igualdad de leyes.  De conformidad con esta presunción, puede presumirse que el Derecho neerlandés, al igual que el Derecho israelí, basta con la autenticación de un acuerdo prenupcial por un notario.  Posteriormente, el juez Rivlin acordó  asumir a favor del apelante que dicha verificación efectivamente tuvo lugar con respecto al acuerdo realizado en los Países Bajos, sin embargo, según el juez Rivlin, incluso si se dijo que el acuerdo holandés era válido, "se creó una sociedad posterior entre las partes, al menos con respecto al monto del préstamo prometido en la hipoteca como se mencionó anteriormente, y cualquier expropiación de los derechos de la demandada (la demandada) sobre la casa no debe separarse de la liquidación de sus derechos sobre el dinero del préstamo al que ella y su familia deben".

Más adelante en su sentencia, el juez Rivlin comentó  que el propósito de las palabras mencionadas era enfatizar que incluso si fuera posible confiar en el reclamo del apelante, no habría lugar para que se aceptara tal como está.  En la práctica, el juez Rivlin opinó  que, en la etapa actual, el apelante no tiene derecho a recibir la reparación que solicitó, ya que la fecha de realización del acuerdo de equilibrio de recursos en virtud de  la Ley de  Relaciones de Propiedad es la fecha de vencimiento del matrimonio.  En el momento de la audiencia de dicha reclamación del apelante, la pareja aún no se había divorciado.  Por esta razón, el juez Rivlin dictaminó  que el apelante no tenía derecho a la reparación solicitada por él y su reclamo fue rechazado.

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