Gottlieb testificó que la persona que se supone que debe pagar el dos por ciento de la tarifa de corretaje es el demandado y confirmó que la lógica dicta que el demandado fue quien estableció el límite del monto de la tarifa de corretaje a 1 millón de NIS (Prot. 30 de junio de 2024, p. 71, líneas 4-9; p. 75, líneas 19-21, 29-33; p. 78, líneas 17-18; p. 79, líneas 9-16).
También señalaré que en el marco de la tabla, se hizo referencia a la continuidad del empleo del demandado y su secretaria Pnina , mientras que se registró en ella en relación con la oferta utilizada por el demandante como intermediario: "Un compromiso de emplear a Yossi y Pnina por un período de 24 meses. Yossi + Pnina Un costo total de 50.000 NIS " También se registraron sentimientos similares en relación con otras propuestas. La lógica dicta que esta demanda de continuar la transacción fue dictada por el demandado y no por el demandante, similar a la demanda de que la tarifa de corretaje se limite a 1 millón de NIS, que fue dictada por el demandado. De esto se deduce que los abogados representaron las demandas del acusado en relación con la transacción y la condición que estableció para su empleo continuo incluso después de que se ejecutó, y también registraron en la tabla los honorarios de corretaje que el acusado acordó pagar. La conclusión de la tabla tal como se presenta es que el demandante actuó como corredor, el demandado lo sabía y acordó pagarle una comisión por el corretaje.
Sin embargo, el acuerdo del 11 de mayo de 2020, al que se refirió el abogado Gottlieb, se refiere a la propuesta de Saadia Elhadad, ya que la primera etapa de negociaciones con Putsch finalizó el 1 de mayo de 2020. De hecho, el demandado no niega el monto de la tarifa de corretaje registrada en la tabla por el abogado, pero afirma que se acordó solo en relación con Ahhad.
Otra conversación a la que me referiré es la conversación que tuvo lugar entre las partes el 26 de septiembre de 2020, la transcripción de la conversación fue marcada como 2022-03-23-18-10-48 (en adelante: "Conversación 10-48") Apéndice 13 a la declaración jurada del demandante).