Casos legales

Detención hasta el final del procedimiento (Tel Aviv) 58388-02-17 Estado de Israel contra Avi Kahlon - parte 265

October 15, 2018
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Eliyahu dijo que en el momento en que los dos llegaron a su casa, él no estaba presente en su casa, Según él, le mostró a su hijo las fotos de los demandados 4 y-5 Y los identificó como los dos antes mencionados.

Aquí está., Soy de la opinión de que lo anterior no es suficiente para establecer en esta etapa una posibilidad razonable de condena por el delito de extorsión por la fuerza o incluso extorsión por amenazas, A falta de indicios probatorios suficientes para identificar a los autores.

El delito de extorsión por la fuerza se atribuye a los demandados 1 y-2 Como alguien que lo llevó a cabo a través de otros en su nombre cuya identidad se desconoce.  Soy de la opinión de que la base probatoria prima facie que existe, confiando en el testimonio de Eliyahu y en el testimonio de su hijo, con respecto a la participación de otros en nombre de los demandados 1 y-2 Al causar el daño, es de baja intensidad, y no alcanza el umbral probatorio requerido en esta etapa.

En"20 Demandado 2 afirmó que los datos de ubicación mostraban que los encuestados no estaban en la escena, Sin embargo, este argumento no tiene relevancia cuando el delito se atribuye a los demandados 1 y-2 Como alguien que lo llevó a cabo a través de otros.  Sobre las denuncias de fallas en la investigación- No recopilar testimonios de los vecinos en el edificio y del trabajador de limpieza y no incautar las cámaras, Por lo tanto, su lugar no está en este procedimiento en el que el"entidad" La evidencia, Diferenciar lo que"No", En cualquier caso, no se explicó si había una base para profundizar la investigación en estas direcciones.

En cuanto a los delitos de extorsión por amenazas atribuidos a los demandados 3, 4 y-5, La base probatoria prima facie se basa en el testimonio de Eliyahu.  En su testimonio, Eliyahu relató las palabras amenazantes dirigidas a él por los demandados 3 y-4.  Estas amenazas, cuando se examinan en todo el contexto circunstancial y en una escala objetiva, formulan el elemento de amenaza necesario para la ofensa y la intención de intimidar a Eliyahu.  Por lo tanto, no hay lugar para el argumento de que Eliyahu no se sintió amenazado como resultado de esos actos, porque no hay apoyo para esto en su testimonio.

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