Casos legales

Detención hasta el final del procedimiento (Tel Aviv) 58388-02-17 Estado de Israel contra Avi Kahlon - parte 266

October 15, 2018
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En"20 Demandado 3 Consultar conversaciones 2009 y- 2248 Día 04.09.2016 que se llevaron a cabo entre Eliyahu y el demandado 3 en el que se documentó al demandado 3 Llamando a Eliyahu "alma" En respuesta a que Eliyahu le dijo que había conocido a Noam y lo abrazó, el demandado le dijo 3 "Eres una familia de expiación, no eres como todos los demás".  Según él,, En vista del contenido de estas conversaciones, no hay base para afirmar que el demandado 3 Amenazó a Eliyahu.  No creo que estas conversaciones deban disminuir la fuerza de la evidencia prima facie del delito de extorsión por amenazas cometidas por el demandado 3 Hacia Eliyahu.  Se desconoce la relación entre la fecha de estas llamadas y la fecha del acto de extorsión por amenazas, Sin embargo, según las pruebas disponibles, se sabe que entre Eliyahu y los demandados 1 y-2 Surgió una disputa sobre su deuda con ellos, Y fue él quien formó el trasfondo de su extorsión.

En cuanto al demandado 4, Es cierto que Eliyahu primero dio las palabras que el demandado le dijo 4 Y luego, cuando se le vuelve a preguntar, un mensaje: "Nunca he tenido una conversación así con él" (Pp' 18-19 Transcripción).  Sin embargo, más tarde explicó que "No quiero ser informante", Pero reiteró sus comentarios.  Por lo tanto, esta no es una contradicción que disminuya la fuerza de la base prima facie que establece una posibilidad razonable de condenar al demandado 4 En la ofensa que se le atribuye.

En cuanto a la llegada de los demandados 4 y-5 a su casa con el objetivo de aterrorizarlo, Como se señaló, Estoy convencido de que hay una debilidad en la base probatoria prima facie basada en el testimonio de Moshe Dayan, quien dio una descripción general de los dos, y que entre su testimonio y el testimonio de su padre Eliyahu hay una discrepancia en cuanto a la identificación de los demandados 4 y-5 Como esos dos que llegaron a su casa.  Por lo tanto, no puedo determinar la existencia de pruebas prima facie a este respecto.

La supuesta participación de los demandados 1 y-2 En los actos de extorsión por amenazas, se deriva ostensiblemente de su condición de líderes de la organización, Sin embargo, a falta de una indicación probatoria de su participación concreta en los cargos que se les imputan en este cargo, No puedo determinar la existencia de pruebas prima facie en su caso.

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