Casos legales

Detención hasta el final del procedimiento (Tel Aviv) 58388-02-17 Estado de Israel contra Avi Kahlon - parte 4

October 15, 2018
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"Una variedad de características dan a una organización criminal su carácter de organización criminal, pero no es necesario que todas aparezcan como una sola en un caso dado, y en cualquier caso es claro que cada característica puede revelarse en una medida más o menos significativa.  Por lo tanto, sería correcto describir el término "organización criminal" como una referencia a una variedad de situaciones que la ley busca abordar.  Por lo tanto, en lugar de recurrir a una lista cerrada y obligatoria de características, sería correcto hablar de un 'complejo' de características, dentro del cual cualquier organización que se encuadre dentro de ella será considerada una organización criminal.  En el centro de este complejo se encuentra la organización criminal "clásica", que contiene todas las características que ya se han mencionado, en su forma más obvia.  Cada organización se clasificará según el grado en que cada una de estas cualidades se revele en su actividad, si es que se revela, por derecho propio, así como según un examen de la totalidad.  Cuanto más cerca esté una organización criminal, con su grupo de características, del centro del complejo, mayor será la tendencia a clasificarla como una organización criminal y a someterla a los mandamientos de la ley en cuestión" [CrimA 6785/09 Idan Zoaretz et al. v. Estado de Israel [publicado en Nevo] (2 de febrero de 2011), párr. 63].

  1. En Parashat Zoaretz El difunto juez Levy definió dos características que son necesarias para la existencia de una organización criminal: El elemento igbori (sinergia) y la continuidad en la actividad conjunta. Estos dos componentes están entrelazados, y probar uno de ellos puede facilitar la identificación del otro.

Propiedad El primero, el elemento Igbori (sinérgico) se refiere a la existencia de un marco independiente y una organización sostenible, una organización que tiene una existencia adicional, más allá de los actos delictivos específicos cometidos por sus miembros.  A partir de aquí, debemos examinar la existencia de valor añadido, que puede aparecer de diversas formas: beneficio económico, acumulación de influencia, prestigio y sentimientos de honor, sentido de pertenencia y destino compartido, etc.: "Esto es como el poder que los miembros de la organización extraen de la existencia de un marco que concentra a un número de personas bajo su techo, y aumenta el valor criminal de su actividad conjunta". [Parashat Zoaretz, párr. 64].

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