Casos legales

Caso de Delitos Graves (Centro) 932-01-16 Estado de Israel contra Anónimo - parte 101

February 11, 2019
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En este contexto, las palabras del Honorable juez D. Barak Erez en el caso Chaivatov también son apropiadas,  según las cuales  reiteró en el  caso Yosef:

"Las autoridades policiales están esforzándose por resolver un asesinato sin resolver y procesar a los responsables.  ¿Este objetivo santifica todos los medios de interrogatorio? .....  La respuesta a esto —basada en principios importantes ya establecidos en la jurisprudencia de este juicio— es clara: también deben establecerse líneas rojas para las acciones de las autoridades policiales.  El uso de un informante mientras viola gravemente los derechos del sospechoso y sin control real socava los cimientos de la equidad del proceso penal..."

            (Véase el párrafo 1 de la opinión del Honorable Juez Barak Erez en el caso Haibtov).

  1. Nunca, pero nunca, las autoridades de aplicación y de investigación deben actuar desde una perspectiva holística, a través de lentes objetivas y objetivas, lo que permite rastrear todos los niveles relevantes, mientras se repasan todos los posibles contornos legales para llegar a la verdad. No estaría equivocado si enfatizara una vez más que el propósito del proceso de investigación (y ciertamente del procedimiento penal) no es conducir, al final del proceso, a la condena del sospechoso/acusado.  Al contrario, a veces, la línea de justicia exige la absolución de un acusado u otro, en la búsqueda constante del descubrimiento y la revelación de la verdad.  El Honorable Juez Barak señaló esto cuando señaló en su artículo:Sobre la justicia, el juicio y la verdad, "La justicia como meta y la verdad como medios" Mishpatim, vol. 27 (1996), 11, que:

                     "La realidad es un sistema factual que determina lo que es.  Refleja lo que está ocurriendo.  Sin lo que hay disponible, no hay valor en lo que se desea.  La verdad —que es lo que se encuentra en un momento y lugar dado— es la base de toda la frase.  La naturaleza de la sentencia se evalúa comparando la realidad determinada por el tribunal (la "verdad jurídica") con la realidad tal como es (la "verdad fáctica")."

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