Casos legales

Crim 42032-10-17 Estado de Israel contra Haim Aryeh Steinberger - parte 3

January 27, 2020
Impresión

(2) Omisión investigativa significativa:

No hay duda de que lo que se observó a continuación fue el resultado de una sola cámara de seguridad, desde la sala de reuniones del centro de detención, ubicada arriba, a la derecha del acusado 2, mientras que en ese momento había otra cámara relevante, ubicada arriba, a la derecha del acusado 1, que podría haber iluminado un ángulo diferente de lo que estaba sucediendo.

Es ciertamente lamentable que la segunda cámara no haya sido captada también, y cuando uno escucha la posición de uno de los principales investigadores del caso, Itzik Avisar, que  está encerrado en su posición: "La segunda cámara no nos habría mostrado nada más, estoy seguro" (página 22, línea 31 + página 23, línea 23) – esto es lo que concluyó de antemano – sin molestarse en capturar las imágenes en absoluto – uno debería lamentarlo doblemente.

Tal mentalidad investigativa por parte de un investigador policial, que no reconoce la magnitud de su error investigativo, intensifica la omisión, y enseña que se debe transmitir un mensaje de importancia práctica a la unidad investigadora, un mensaje que se une al resto de las consideraciones detalladas en esta sentencia, que afectan el resultado del juicio.

En respuesta a la respuesta del investigador antes mencionado, según la  cual "la segunda cámara no nos habría mostrado nada más, estoy seguro", presentaré a continuación tres imágenes de un video emitido por la segunda cámara  de seguridad (resultado de la visita al sitio) solo para ilustrar, en pocas palabras, qué pruebas se abstuvo de poner en sus manos la investigación, por lo que hoy nos enfrentamos a una falla investigativa que llevó al hecho de que sus productos no están con nosotros:

Y otra imagen de los resúmenes del demandado 2 con una ilustración:

Por favor, vea hasta qué punto la verdad fáctica podría haberse derivado de esa cámara adicional : era posible ver exactamente lo que el acusado 1 estaba haciendo durante el encuentro, desde su lado derecho, y no bastaba con observar el incidente, desde un ángulo, solo desde la dirección del acusado 2.

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