La jurisprudencia enfatizó además la cuestión de probar el elemento de intención requerido de conformidad con las disposiciones de la Ley del IVA, a saber, que el impago del impuesto se realizó con la intención o aspiración de evadir su pago, de la siguiente manera:
"La exigencia de que la factura se emita legalmente es un requisito material. La factura debe reflejar una transacción real entre las partes correctas y genuinas de la transacción... De hecho, la sección 117 (b) de la ley incluye el elemento mental del delito, "el propósito de evadir o evadir el pago de impuestos". Este es un elemento mental de conciencia del acto y la existencia de las circunstancias que causan la evasión fiscal. No se requiere ninguna intención especial para la posibilidad de causar las consecuencias de la evasión fiscal. Se dictaminó que se presume que quien reduce el impuesto soportado sin que se realicen transacciones reales con respecto a él tiene la intención de evadir el pago de impuestos".
(Crim. Crim. 71538/07 Jagerman v. Estado de Israel (20 de febrero de 2008)).
Las circunstancias que se han demostrado indican que Yoel Azari y sus socios no emitieron a los distribuidores los recibos completos por la venta de los boletos, sistemáticamente y en grandes sumas, y también se abstuvieron de emitir facturas por las transacciones de venta de los boletos de juego a los distribuidores. Yoel Azari y sus socios informaron a las autoridades del IVA que el volumen de transacciones imponibles era significativamente menor que las que realmente estaban sujetas al IVA. Es evidente que estas acciones constituyen fraude y engaño, definidos por la intención de evadir el pago del impuesto sobre el valor añadido, y que los informes bimensuales presentados por Yoel Azari y sus socios de MYM a las autoridades del IVA eran falsos y constituyen información falsa para evadir el pago de impuestos.
Creo que tanto la responsabilidad indirecta de Yoel Azari por las acciones de MYM como su responsabilidad directa y personal han sido probadas. Yoel Azari era un socio activo y gerente de la empresa, estaba al tanto de la conducta de la empresa y estaba involucrado en los asuntos financieros de la empresa. Además, Yoel Azari participó activamente en la elaboración de los registros en los documentos de la empresa, y sus acciones le permitieron evadir el pago del IVA. Por lo tanto, se comprobó el conocimiento de Yoel Azari de todos los componentes de los delitos fiscales.