Decisión
Después de escuchar los testimonios, revisar los documentos presentados y examinar los argumentos de las partes, llegamos a la conclusión de que la demanda debía ser admisible.
¿Se le pagó realmente al demandante más allá del acuerdo?
- El demandante firmó un contrato de trabajo personal con el demandado (Apéndice 1 a la declaración jurada del demandante)
- Según el acuerdo, el demandante tenía derecho a una tarifa de incentivo de gestión del 1% (Apéndice A del acuerdo antes mencionado):
- En caso afirmativo, según el texto, se fijó un objetivo máximo para el importe de la tasa de incentivo de gestión en 6.000 ILS al mes o 72.000 ILS al año, según lo aprobado por el demandado (y no como se indica en el contrato). El demandante estaba al tanto de este techo:
Abogado Adjunto: Tenías un techo, ¿verdad? ¿Había un techo o no había techo?
El testigo, el Sr. Lavie: Había un techo. (Hablando juntos)
Abogado Adjunto: Tú el 08/03/2021 admites que hay un techo. Le pregunto después del 3 de agosto, en qué fecha se abolió el techo, cuándo se abolió el límite máximo.?
El testigo, el Sr. Lavie: Vuelvo a decir, no había techo, ¿qué se canceló? Dije que estaba restringido, no dije que me pusieron un techo y me dijeron que 'no te pagan' Estaba restringido, estaba limitado por el acuerdo
(pág. 7 de 30)
- Él mismo escribió al CEO (N/3 – correo electrónico del 3 de agosto de 2021):
- La correspondencia interna del demandado también indica que el límite de bonificación era limitado, aunque el demandante les habría escrito (P/3 a la declaración jurada del demandado - correo electrónico del 30 de diciembre de 2020):
- El demandado adjuntó una tabla resumen de las nóminas del componente "Suplemento especial" (Apéndice A de los resúmenes). Un examen de este cuadro muestra que más del 20% de las nóminas se desviaron de la limitación.
En algunos meses, aunque el demandante tenía derecho a más de 6.000 ILS por comisiones, se le pagó una cantidad menor. Así, por ejemplo, en el mes de febrero de 2021, el demandante habría "adeudado" 6.525 ILS y pagado solo 6.000 ILS, es decir, el demandado habría pagado hasta el límite: