(-) Al igual que el tribunal de primera instancia, yo también soy de la opinión de que la situación financiera de la empresa es una consideración muy relevante al ejercer la revisión judicial de decisiones del tipo en cuestión. De hecho, la solidez financiera de la empresa es un requisito previo para la distribución, ya sea una distribución permitida o una distribución aprobada por un tribunal, ya que en ambos casos se requiere que la distribución cumpla con la prueba de solvencia (artículos 302-303 de la Ley). La fortaleza de la empresa es relevante para la cuestión de si los funcionarios incumplieron las obligaciones que se les impusieron cuando tomaron su decisión: cuanto más sólida es la posición financiera de la empresa, más posible es explicar la lógica comercial de la decisión de distribución; Por el contrario, cuanto más precaria es la situación financiera de la empresa, mayor es la carga de los funcionarios para explicar la lógica comercial de la decisión. La solidez de la empresa debe examinarse en el momento de la decisión, y no retrospectivamente, pero también debe examinarse en el contexto del mercado de referencia y las previsiones e información sobre el mercado. Así, por ejemplo, una decisión tomada poco antes de una reforma en el mercado relevante, que se puede esperar que genere cambios significativos en el mercado, debe tener en cuenta que esto puede tener implicaciones para la rentabilidad de la empresa.
(-) En cuanto al principio del bien de la empresa, es un principio que se mantiene por derecho propio en virtud de las disposiciones de la Ley (debe recordarse que en virtud del deber fiduciario que se aplica a un funcionario, debe considerar solo los mejores intereses de la empresa), y en cualquier caso también es una consideración relevante.
(-) El tribunal de primera instancia agregó que la acción en consideración no debe ser "contraria al interés de la empresa, así como al interés de la mayoría de sus accionistas" (párrafo 97 de su sentencia, énfasis en el original – 10). Abordaré este tema a continuación.