Lo anterior se relaciona con esta etapa de la audiencia, cuando en la siguiente etapa, si el Solicitante presenta una moción para certificar una acción derivada en nombre de Bezeq contra sus funcionarios, el Solicitante tendrá que lidiar con la totalidad de los reclamos de Bezeq (incluidos los reclamos de que las violaciones que se encontraron cometidas por Bezeq fueron violaciones específicas que se derivaron de la dificultad en la implementación de la reforma y no de una política de violación intencional) con un estándar probatorio más alto.
Los documentos solicitados para su divulgación en la solicitud
- El hecho de que el demandante haya eliminado la carga que se le impone no significa necesariamente que el órgano jurisdiccional vaya a estimar su solicitud en su totalidad con respecto a todos los documentos solicitados por él. Una vez que se ha determinado que el solicitante ha eliminado la carga, es necesario examinar todos los documentos solicitados y aclarar qué documentos son relevantes para la discusión de la posible solicitud de aprobación que presentará el solicitante, y cuál es el grado de carga que implica divulgarlos desde el punto de vista de Bezeq. Dicho examen tendrá en cuenta la etapa preliminar en la que se encuentra la audiencia y el propósito del descubrimiento en esta etapa: ayudar al solicitante a presentar una solicitud completa y madura para su aprobación; O, alternativamente, convencerlo de que tal solicitud es poco probable.
Por lo tanto, examinaremos los documentos específicos que son objeto de la solicitud en consecuencia.
- S. 98 de la solicitud –Detalles sobre la reforma. El Solicitante solicitó en este marco que la Compañía le revelara la identidad de los empleados que participaron en la implementación de la reforma, al tiempo que describía el papel de cada uno de ellos; Descripción de los procedimientos adoptados contra los funcionarios responsables de la aplicación de la reforma; La identidad del órgano o funcionario responsable de la aplicación de la reforma; y detalles sobre el beneficio creado por el daño a cualquiera de los oficiales.
No accedo a la solicitud: se trata de una solicitud de información detallada y no de divulgación de documentos existentes. Tal solicitud no está incluida en la disposición de la sección 198A de la Ley de Sociedades. Por regla general, un proceso de descubrimiento de documentos está destinado al descubrimiento de documentos existentes y no incluye la obligación de presentar documentos que no existen (véase, por ejemplo, LCA 6715/05 Mazsanei Aruva Naaman Ltd. v. Eisenberg, IsrSC 60(3) 264, 270 (2005)). Incluso en el marco de una solicitud de descubrimiento de documentos que precede a la presentación de una solicitud de aprobación de un crédito derivado, la regla mencionada no debe desviarse y, por lo tanto, no hay razón para obligar a la empresa a presentar documentos para el solicitante si estos documentos no existen.
- Sección 99.1 de la solicitud – Todos los documentos relacionados con la implementación de la reforma, incluidos los eventos que son objeto del Informe de Supervisión - Esta es una solicitud completa y onerosa que, por lo tanto, creo que no debería concederse. Una solicitud de divulgación, ciertamente en esta etapa de la audiencia, debe ser concreta y relacionarse tanto como sea posible con documentos específicos.
- Sección 99.1.1 de la solicitud – Documentos relativos a la correspondencia intercambiada entre la empresa y terceros en relación con la aplicación de la reforma y los hechos objeto del Informe de Supervisión: Soy de la opinión de que esta solicitud tampoco debe ser concedida, que también es una solicitud completa. Además, el solicitante tampoco aclaró la pertinencia de dichos documentos y su importancia para el futuro examen de la solicitud de aprobación. No explicó por qué la correspondencia entre Bezeq y terceros (cualquiera) es relevante para examinar la cuestión de si los funcionarios de Bezeq esbozaron una política interna con respecto a una violación deliberada de las directivas del regulador.
- Cláusula 99.1.2 de la solicitud – Examen o informes de examen en relación con la aplicación de la reforma - Esto incluyó una petición para recibir información sobre los hechos que son objeto del Informe de Supervisión, incluidos exámenes económicos y contables, opiniones legales, etc. Opino que no hay razón para acceder a la solicitud en esta fase. Se trata de una solicitud muy amplia, que incluye, entre otras cosas, documentos que aparentemente gozan de confidencialidad (por ejemplo, opiniones jurídicas). La relevancia de estos documentos es indirecta: pueden dar fe de las implicaciones de la reforma desde el punto de vista de Bezeq, pero no necesariamente de la intención de Bezeq de violar las directivas del regulador. Por lo tanto, una consideración de las consideraciones antes mencionadas lleva a la conclusión de que no debe aceptarse la solicitud del solicitante.
- Sección 99.2 de la solicitud – Informes de auditoría interna, informes de inspección o documentos preparados en relación con la aplicación de la reforma, incluidos los hechos que son objeto del informe de supervisión: Soy de la opinión de que esta solicitud debe ser aceptada. Se trata de una solicitud específica con respecto a los informes de la empresa, que, si existen, es probable que arrojen luz sobre los movimientos de Bezeq y sus intenciones con respecto a la posible implementación de las disposiciones del archivo de licencia.
- Sección 99.3 de la solicitud – Actas, transcripciones de conversaciones y resúmenes de reuniones del consejo de administración de la sociedad o del órgano de la sociedad responsable de la aplicación de la reforma en relación con la aplicación de la reforma o los hechos objeto del informe de supervisión - Los documentos antes mencionados pueden ser pertinentes para examinar la cuestión subyacente a las pretensiones de la demandante. Al mismo tiempo, se trata de una solicitud amplia, y es posible que algunas de las actas también se refieran a otras cuestiones que no están relacionadas con la solicitud de aprobación. Por lo tanto, considero que la solicitud sólo debe estimarse parcialmente. Por lo tanto, ordeno a Bezeq que comunique a la demandante las actas de las deliberaciones del consejo de administración de la empresa en relación con la aplicación de la reforma. En la medida en que exista un protocolo que se relacione solo parcialmente con la implementación de la reforma, Bezeq divulgará solo la parte relevante del protocolo.
- Sección 99.4 de la solicitud – Directrices, procedimientos y documentos internos de la empresa en relación con la implementación de la reforma y con los eventos que son objeto del Informe de Supervisión - Considero que esta solicitud debe estimarse por razones similares a las expuestas en relación con los documentos que figuran en el apartado 99.2 de la demanda.
- Conclusión– A la luz de todo lo anterior, instruyo a Bezeq para que presente al solicitante los siguientes documentos dentro de los 30 días a partir de hoy:
- Informes de auditoría interna, informes de inspección o documentos elaborados por la Sociedad en relación con la implementación de la reforma, incluidos los hechos objeto del Informe de Supervisión.
- Actas de las discusiones del consejo de administración de la sociedad relativas a la implementación de la reforma o a los hechos objeto del Informe de Supervisión.
- Lineamientos, procedimientos y documentos internos elaborados por la Compañía en relación con la implementación de la reforma y los eventos que son objeto del Informe de Supervisión.
Los documentos se transferirán al abogado del Solicitante, sujeto a una declaración en su nombre y en nombre del Solicitante de que el Solicitante o cualquier persona en su nombre no divulgará el contenido de los documentos y no hará ningún uso de ellos de ninguna manera, excepto con el fin de examinar la posibilidad de presentar una solicitud para certificar un reclamo derivado en nombre de la Compañía.