Casos legales

Caso Penal (Tel Aviv) 59453-07-19 Estado de Israel contra Avi Motula - parte 11

July 22, 2020
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El abogado del acusador aclaró que las dos consideraciones principales que el acusador tenía en mente eran, por un lado, las graves circunstancias de la comisión de los delitos y la falta de una cultura de cumplimiento en las empresas al momento de la comisión de estos delitos.  Por otro lado, la inusual divulgación voluntaria adoptada por el grupo y su cooperación con las autoridades, que son las que llevaron a la apertura misma de la investigación.

Según el abogado del acusador, tal conducta de las corporaciones promueve un interés significativo del estado para alentar, ante todo, la prevención de delitos por parte de la corporación.  En la medida en que una corporación no se abstenga de cometer los delitos, la aspiración es fomentar la divulgación voluntaria y la cooperación, cuando la corporación localiza los delitos.  Al hacerlo, la corporación envía un mensaje a los empleados de que no está satisfecha con la comisión de los delitos y no la alienta, sino más bien lo contrario.   Al respecto, el abogado del acusador se refirió a una directiva relativamente nueva emitida por el Fiscal del Estado de octubre de 2019 sobre el castigo de las empresas (1.14).

Las empresas, en este caso, no impidieron la comisión de los delitos graves durante un período de tiempo, pero cuando descubrieron los delitos que se habían cometido, notificaron inmediatamente a las autoridades y dieron lugar a la apertura de una investigación.

El abogado del acusador señaló la gravedad de las acciones de los acusados, que se desprende no solo del gran número de registros falsos y violaciones a la Ley de Valores, sino principalmente del grado de daño a los intereses protegidos de los delitos denunciados y el alto grado de gravedad que acompañó a los delitos y que encontró su expresión en el gran daño teórico causado a los inversionistas como resultado de sus acciones, la gran sofisticación con la que se cometieron los delitos y la falta de una cultura de obediencia que se aprende de las dificultades básicas que se presentaron en los sistemas de supervisión y cumplimiento de los acusados.

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