Casos legales

Caso Penal (Tel Aviv) 59453-07-19 Estado de Israel contra Avi Motula - parte 71

July 22, 2020
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El Honorable Vicepresidente, el juez Elyakim Rubinstein, señaló en el párrafo 2 de su sentencia:

"Admitiré y no me avergonzaré de que el manejo del caso no fue una experiencia agradable, ya que todos nos fuimos con la sensación de que el acuerdo de culpabilidad que se hizo con el rabino Pinto debería haber sido, en el interés público, más "fuerte".  Soy consciente de que la persona que tiene que tomar la decisión no es la misma que la que se dedica a la revisión judicial después del hecho; Y las cosas que se ven desde allí no necesariamente se ven desde aquí.  Pero el papel de la revisión judicial, incluso en un lugar que en última instancia no implica intervención, es señalar lo que parece ser un acuerdo de culpabilidad débil, en circunstancias en las que las agencias de aplicación de la ley tenían una buena influencia para lograr más.  Estas palabras están escritas con una perspectiva de futuro y para extraer lecciones.  No todos los casos, por supuesto, reciben tanta atención pública como este, debido a las personas involucradas en él; Pero la conclusión de un acuerdo de culpabilidad es el pan de cada día de la ley de las autoridades judiciales a todos los niveles, y el claro interés público al que sirven dicta un examen satisfactorio, mientras que la pregunta que se plantean los signatarios del acuerdo por parte del Estado es si lo que tienen delante es todo lo que se puede lograr...  A pesar de todo esto, por todas las razones planteadas por mis colegas, soy de la opinión de que no podremos intervenir y, por lo tanto, nuestra contribución al público estará en estos comentarios".

Lo mismo es cierto en el caso que tengo ante mí.  En la sentencia que el acusador aceptó, aunque fue muy indulgente con los acusados, no hubo una irracionalidad extrema y el acusador actuó para lograr los objetivos adecuados.  Como señaló el Honorable Juez Uri Shoham, en el asunto del Movimiento por un Gobierno de Calidad en  el caso Pinto, debemos mirar y centrarnos en lo que está contenido en el acuerdo y los objetivos que se lograron dentro de él.  Como parte del acuerdo de culpabilidad, los acusados asumieron la responsabilidad de sus acciones y cooperaron con el acusador.  Además, se ha logrado la disuasión futura de funcionarios y corporaciones, todos los cuales son objetivos dignos.

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